Tesis doctorales en cotutela
Doctorado en régimen de cotutela
Un doctorado en régimen de cotutela es un doctorado que se realiza en dos (o tres) universidades de diferentes países, cada una de las cuales otorgará un título de doctor o doctora tras una única defensa de tesis en una de las universidades participantes.
Requisitos para la realización de una tesis en régimen de cotutela
El título de Doctora o Doctor incluirá en su anverso la diligencia «Tesis en régimen de cotutela con la Universidad U», siempre que concurran las siguientes circunstancias:
CONVENIO Y DIRECCIÓN DE OTRA UNIVERSIDAD
- Que la tesis doctoral esté supervisada por Doctoras o Doctores de dos o más universidades, de las cuales una deberá ser la UPV/EHU y el resto extranjeras, que deberán formalizar un convenio de cotutela.
TÍTULO DE DOCTOR O DOCTORA DE LAS UNIVERSIDADES PARTICIPANTES
- Que, por su trabajo de tesis doctoral, el o la doctoranda obtenga dos o más títulos, uno por cada una de las instituciones de educación superior responsables del desarrollo de la tesis.
ESTANCIAS
- Que, durante el periodo de formación necesario para la obtención del título de Doctora o Doctor, el o la doctoranda haya realizado una estancia mínima de seis meses en cada una de las instituciones con las que se establece el convenio de cotutela, realizando trabajos de investigación, bien en un solo período o en varios. Las estancias y las actividades serán reflejadas en el convenio de cotutela. (Nota: la estancia de cotutela no sirve para la obtener la mención internacional).
Procedimiento para hacer una tesis en cotutela
Procedimiento adaptado al nuevo reglamento publicado en el BOPV el 7 de junio de 2024 (CAPÍTULO X: TESIS EN RÉGIMEN DE COTUTELA) --> ACLARACIONES y CAMBIOS RESPECTO A LA NORMATIVA ANTERIOR:
COMPETENCIAS EN LA GESTIÓN DE COTUTELAS:- La DOKe revisa el cumplimiento de requisitos, elabora y tramita los convenios.
[última actualización: 18 de octubre de 2024] |
--> Para cualquier duda o consulta sobre tesis en cotutela escribir a international.doke@ehu.eus
Procedimiento:
PASO 1: MATRÍCULA EN UN PROGRAMA DE DOCTORADO y CO-DIRECTORES/AS
1. Para empezar a tramitar un convenio, es necesario que el o la doctoranda esté matriculada en un programa de doctorado de al menos en una de las universidades donde se va a realizar la tesis en cotutela (información sobre el proceso de matriculación en la UPV/EHU disponible aquí).
Aclaraciones sobre el pago de matrículas y tasas en ambas universidades:
El pago de las tasas depende de cada convenio y universidad, aunque suele procederse de la siguiente manera:
- El alumnado en cotutela ha de efectuar el pago de la primera anualidad de la matrícula en las dos universidades. Una vez de que se aprueba el convenio de cotutela, se realiza la devolución de una de las tasas.
- A partir del segundo año el pago de las tasas se realiza de forma alterna (un año en cada universidad, incluyendo las prórrogas). Si hay un contrato de investigación financiado, normalmente se inicia en la universidad que financia el contrato. Además, en la UPV/EHU es necesario efectuar el pago anual de las tasas administrativas fijas (unos 31€ al año), que no es exonerable.
Aclaraciones sobre los plazos:
Excepcionalmente, y por causa justificada (contrato predoctoral, cotutela o circunstancias análogas), se podrá solicitar la admisión en un programa de doctorado fuera de los plazos generales establecidos, siempre que se cumpla con los requisitos de acceso y admisión (CAPÍTULO II: Acceso, admisión y matrícula, artículo 7).
2. El o la doctoranda encuentra un co-director o co-directora de tesis de la segunda universidad. Solamente puede constar un director o directora por parte de la UPV/EHU y tantos directores de la universidad extranjera como marque su normativa (no hay limitación).
Para que un profesor o profesora de la UPV/EHU pueda dirigir una tesis en cotutela es necesario que se incorpore a un programa de doctorado.
3. La persona doctoranda necesita el permiso de todas las personas directoras de su tesis.
PASO 2: FIRMA DE CONVENIO DE COTUTELA
- La realización de una tesis en régimen de cotutela y la suscripción del convenio deben ser autorizadas por la Comisión de Posgrado, con carácter general, dentro del primer año de realización de la tarea investigadora. Dicho plazo se computa desde la fecha de la matrícula en el programa de doctorado.
- Cuando la universidad extranjera tenga establecido un periodo formativo previo al inicio de la tarea investigadora, el cómputo del plazo para la suscripción del convenio dará comienzo una vez finalice el periodo formativo.
4. El o la doctoranda rellena y firma la solicitud de cotutela (descargar más arriba, en la sección de documentos), que también será firmada por sus directores y/o directoras de tesis, y por la Comisión Académica del programa de doctorado de la UPV/EHU en que está matriculada.
Una vez rellenada y firmada la solicitud, se envía a la técnico de internacionalización de la DOKe: international.doke@ehu.eus (el resto de firmas serán añadidas posteriormente por la DOKe).
5. La DOKe comprueba el cumplimento de los requisitos académicos y procedimentales.
6. La DOKe redacta el borrador del convenio y lo envía la universidad con la que se firma la cotutela, que da su visto bueno.
7. El convenio de cotutela se tramita y suscribe de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo XIV Convenios de colaboración con entidades externas, incluyendo, al menos, este contenido:
- Universidad y periodos de matrícula.
- Tasas de matrícula y otros derechos económicos.
- Personas directoras de la tesis.
- Las estancias y las actividades a realizar en las universidades.
- Criterios para el nombramiento del tribunal.
- Universidad donde se defenderá la tesis.
- Condiciones de expedición del título.
8. La DOKe envía la versión final del convenio a la comisión de Posgrado para su aprobación.
PASO 3: MATRÍCULA EN LA SEGUNDA UNIVERSIDAD
9. Una vez firmado el convenio, el o la doctoranda formaliza la matrícula en el resto de universidades participantes (Las tasas de matrícula se abonarán en la universidad y en los cursos y plazos que recoja el convenio).
PASO 4: DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN Y REALIZACIÓN DE ESTANCIAS
- La investigación que constituye la tesis doctoral se realizará en las universidades participantes durante un tiempo no superior a lo que permiten las normas de permanencia de la UPV/EHU, contado desde la fecha de formalización de la matrícula en la UPV/EHU.
- El periodo de cómputo de la estancia se calculará a partir de la matrícula en el programa de doctorado en la universidad de origen.
10. ESTANCIAS:
El doctorando realiza una estancia mínima de seis meses en cada una de las instituciones con las que se establece el convenio de cotutela, realizando trabajos de investigación, bien en un solo período o en varios. Las estancias y las actividades deben estar reflejadas en el convenio de cotutela.
Para la realización de dichas estancias, es necesario su tramitación en la DOKe siguiendo el procedimiento de estancias salientes (outgoing).
Si además de la tesis en cotutela, se quiere optar a la mención "Doctorado Internacional" en el título de Doctora o Doctor, han de realizarse estancias en instituciones diferentes de las propias del convenio de cotutela. Además, han de cumplirse todos los requisitos para la mención de "Doctorado Internacional", disponibles aquí.
11. IDIOMA: La tesis doctoral podrá redactarse en el idioma habitual para la comunicación científica en su campo del conocimiento, o bien en una de las lenguas oficiales en las universidades firmantes del convenio.
PASO 5: PRESENTACIÓN Y DEFENSA DE LA TESIS
LUGAR DE DEFENSA DE LA TESIS:
12. La tesis doctoral se defenderá en la universidad que indique el convenio.
- El doctorando o doctoranda deberá efectuar el pago de las tasas de defensa de la tesis doctoral en la universidad en la que tenga lugar su defensa, y será esta universidad la que asumirá los gastos ocasionados por el tribunal evaluador.
- La presentación, depósito y defensa de la tesis doctoral se realizará según lo establecido por la normativa vigente en la universidad en la que se efectuará la defensa de la tesis.
- La publicación, explotación y protección de los resultados de la investigación realizada serán aseguradas por las instituciones de acogida del doctorando o la doctoranda, conforme a los procedimientos específicos en el país de cada universidad, si bien, deberá asegurarse el cumplimiento de la normativa estatal.
DEFENSA EN LA UPV/EHU
13. Cuando la defensa de la tesis doctoral tenga lugar en la UPV/EHU, los trámites de admisión de tesis, nombramiento de tribunal y el acto de defensa se ajustarán a lo dispuesto en los capítulos VI y VII, y el protocolo de la UPV/EHU para la defensa de tesis en cotutela.
14. En el momento del registro de la tesis se presentará, además, la certificación oficial de las estancias realizadas en la otra universidad u otras universidades participantes.
DEFENSA EN OTRA UNIVERSIDAD
15. Si la defensa se lleva a cabo en otra universidad distinta de la UPV/EHU, los trámites se realizarán de acuerdo con la legislación vigente en esa universidad. Asimismo, deberán cumplirse los trámites establecidos en el protocolo de la UPV/EHU para la defensa de tesis en cotutela.
16. Dicha universidad enviará al Servicio de Estudios de Posgrado de la UPV/EHU un certificado oficial del acto de defensa en el que, al menos, deberá constar la fecha de defensa, la calificación obtenida, la composición del tribunal calificador y un ejemplar de la tesis doctoral en formato digital, y los votos correspondientes a la mención cum laude y, en su caso, a la opción a premio extraordinario.
FORMATO DE LA TESIS:
17. En el caso de las tesis doctorales en cotutela, podrá incorporarse en la portada, junto al símbolo de la UPV/EHU, el símbolo de las universidades participantes en la cotutela. Los símbolos de los organismos, empresas o instituciones ajenas a la UPV/EHU podrán incorporarse en la contraportada o en el interior, pero no en la portada (CAPÍTULO VI: LA TESIS DOCTORAL, NATURALEZA, DEPÓSITO Y DEFENSA).
TRIBUNAL:
18. En las tesis presentadas en el marco de acuerdos de cotutela con universidades extranjeras que así lo tengan previsto, la persona o personas directoras de la tesis doctoral y la tutora o tutor podrán formar parte del tribunal evaluador de la tesis (CAPÍTULO VII: TRIBUNALES EVALUADORES DE LAS TESIS DOCTORALES).
19. El tribunal que debe evaluar la tesis doctoral será designado de común acuerdo por las universidades participantes, ateniéndose en su composición a la normativa vigente en la universidad donde se efectúe la defensa, y respetando los criterios establecidos en el convenio de cotutela.
20. A la designación del tribunal deberá acompañarse la certificación realizada por las universidades participantes acreditando el período de estancia del doctorando o doctoranda en cada una de ellas.
EXPEDICIÓN DEL TÍTULO DE DOCTORA O DOCTOR:
21. Superada la defensa de la tesis doctoral, el doctorando o doctoranda podrá solicitar la expedición del título de doctor o doctora por las universidades participantes, de acuerdo con sus normativas vigentes y las disposiciones establecidas en el convenio.
22. El título de doctor o doctora expedido por la UPV/EHU incluirá la diligencia «Tesis en régimen de cotutela con la Universidad de....».