Asociaciones inscritas. Adaptación a la nueva normativa
Reglamento del Alumnado
DISPOSICIÓN ADICIONAL.- Asociaciones inscritas.
Aquellas asociaciones que a la fecha de entrada del presente reglamento se encontrasen inscritas en un Registro de Asociaciones de carácter Público y no cumpliesen los requisitos señalados en las letras a) y b) del artículo 52, podrán solicitar su inscripción en el Registro de Asociaciones de la UPV/EHU siempre que cuenten al menos con 5 miembros que reúnan la condición de estudiante de la UPV/EHU. En este caso, junto a su inscripción como asociación de la UPV/EHU se hará constar expresamente "Sección UPV/EHU" entendiéndose sus actuaciones realizadas por el alumnado de la asociación perteneciente a la UPV/EHU.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA.- Adaptación normativa de las asociaciones.
Las Asociaciones actualmente actuantes en la UPV/EHU, dispondrán de seis meses desde la entrada en vigor del presente Reglamento para adaptarse a la nueva normativa. Transcurrido dicho plazo sin haberse adaptado a lo previsto en el presente Reglamento, causarán baja como Asociación de estudiantes de la UPV/EHU. A estos efectos, deberán presentar la documentación mencionada en el Vicerrectorado de Alumnado.
AVISO: Se informa a todas las Asociaciones de estudiantes actualmente actuantes en la UPV/EHU, que se amplía el plazo para poder adaptarse a la nueva normativa.
Dicho plazo se prorroga hasta el día 15 de abril de 2013 (RESOLUCIÓN de la Vicerrectora de Estudiantes, Empleo y Responsabilidad Social de la UPV/EHU) (pdf, 147 Kb).