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TESIS POR COMPENDIO DE CONTRIBUCIONES

Reglamento de Gestión de las Enseñanzas Oficiales de Doctorado de la UPV/EHU de 25 de abril de 2024

Capítulo XIII. Tesis por compendio de contribuciones

Artículo 55.– Definición.

1.– La tesis por compendio de contribuciones representa una opción específica para la elaboración y defensa pública de la tesis doctoral para la obtención del título de doctor o doctora, y estará sujeta a las disposiciones específicas de este capítulo, y el resto de disposiciones del reglamento que le resulten de aplicación.

2.– La tesis por compendio de contribuciones está integrada por varios trabajos científicos con una misma unidad temática, de los que el doctorando o doctoranda debe acreditar su autoría y que han sido publicados o aceptados para su publicación.

Artículo 56.– Requisitos.

1.– Para la presentación y defensa de una tesis por compendio de publicaciones será preciso que concurran las siguientes condiciones:

  • Que la persona doctoranda tenga publicadas o aceptadas para su publicación al menos tres contribuciones realizadas durante el periodo de permanencia del doctorando o doctoranda en el programa de doctorado.
  • Este número podrá ser de dos publicaciones si el doctorando o doctoranda ha realizado dos contribuciones adicionales en los cinco años previos a su ingreso en el programa de doctorado.
  • Una de las contribuciones podrá ser un artículo original sobre el estudio del estado del arte del área investigada que cumpla las condiciones establecidas por la CNEAI en el correspondiente campo científico.
  • En cualquier caso, todas las contribuciones deberán corresponder a los objetivos de la tesis reflejados en su Plan de Investigación y plan de formación personal.
  • Las publicaciones deberán ser artículos en revistas científicas que aparezcan en la última relación publicada por el Journal Citation Reports (SCI y/o SSCI) o SCOPUS, o en las bases de datos relacionadas por la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) para los campos científicos correspondientes a áreas de conocimiento del programa de doctorado.
  • Al menos una de ellas deberá estar en el primer o segundo cuartil de su categoría.
  • En las áreas de Arte y Humanidades y Ciencias Sociales y Jurídicas se permitirá que las contribuciones sean libros o capítulos de libro, con Sello de Calidad en Edición Académica o que estén incluidos en Scholarly Publishers lndicators in Humanities and Social Sciences.
  • En los casos de coautoría y cuando el orden de los firmantes no sea el alfabético, el doctorando o doctoranda deberá ser el o la primera o segunda firmante de la contribución. Las personas directoras de la tesis acreditarán que la aportación del doctorando o doctoranda es relevante y se ajusta a su Plan de Investigación.
  • En las publicaciones posteriores a la fecha de la matrícula en el programa de doctorado deberá incluirse la afiliación del doctorando o doctoranda a la UPV/EHU. En su caso, también la de los directores o directoras.
  • Los trabajos que formen parte de una tesis por compendio de publicaciones no podrán formar parte de otra tesis en la misma modalidad.

2.– La Comisión Académica de cada programa de doctorado podrá indicar requisitos adicionales para esta modalidad de presentación de tesis, estableciendo, siempre en este caso, unos requisitos compatibles con el presente procedimiento, que deberán ser aprobados por la Comisión de Posgrado.

3.– La Comisión Académica del programa de doctorado podrá aceptar como contribución de las referidas en este artículo un proyecto-creación artística que cumpla las condiciones establecidas por la CNEAI en el correspondiente campo científico. Para ello deberá establecer las condiciones y requisitos a cumplir, y presentarlo a la Comisión de Posgrado para su aprobación. En cualquier caso, tan solo una de las tres contribuciones que se exigen en el apartado 1.a) podrá tener esta naturaleza.

Artículo 57.– Estructura de la tesis por compendio de publicaciones.

La tesis doctoral presentada por compendio de publicaciones estará constituida por un conjunto de trabajos publicados y/o aceptados, justificados por su unidad temática, de acuerdo con la estructura que establezca la Comisión de Posgrado.

Artículo 58.– Documentación específica a aportar para su admisión a trámite.

Junto con la documentación general para el depósito de tesis doctoral indicada en el artículo 24, será necesario adjuntar la siguiente documentación:

  • Impreso de solicitud de defensa de tesis doctoral por compendio de publicaciones, firmado por la persona doctoranda, con la autorización expresa de la persona directora o directoras.
  • Renuncia expresa de los coautores o coautoras no doctores o no doctoras de las publicaciones a presentar dichos trabajos como parte de otra tesis doctoral en esta modalidad.
  • Informe de la persona directora de la tesis en el que se justifique que las publicaciones presentadas se ajustan al Plan de Investigación de la persona doctoranda y que acredite en los casos de coautoría que su aportación es sustancial.
  • Para los trabajos aceptados, DOI o certificados de las editoriales.