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Taxi o Ambulancia en caso de Accidente de Trabajo de PAS o Profesorado no MUFACE

De cara a un posible accidente laboral podemos solicitar tanto un taxi como una ambulancia, en función de la gravedad, a través del teléfono 900 50 60 70.

Así mismo, dicho taxi, no se tendrá que abonar por el/la trabajador/a o UPV/EHU debido al acuerdo entre MUTUALIA Y RADIO TAXI siempre que se solicite a través del teléfono 900 50 60 70.

Por otro lado, de cara a las solicitudes de AMBULANCIA (también sin coste para la UPV/EHU) éstas son las preguntas que desde la línea 900 se van a realizar de cara a poder tramitar la ambulancia en el menor tiempo posible o para tener el personal de intervención preparado y con las respuestas preparadas para dicha solicitud:

  • DATOS DE LA EMPRESA
    • Nombre
    • Teléfono
    • Dirección
  • DATOS DEL/LA TRABAJADOR/A
    • Nombre + Apellidos
    • Edad
    • DNI (opcional)
    • Teléfono de contacto
  • ESTADO DE LA PERSONA ACCIDENTADA
    • ¿Está consciente?
    • ¿Respira normalmente?
    • ¿Presenta alguna hemorragia externa?
    • Breve descripción de lo que ha sucedido
    • Parte del cuerpo afectada

LÍNEA 900 50 60 70 (24 h.)

En caso de accidente:

MUY GRAVE, llame al 112. Informe a Mutualia que le agilizará los trámites en la gestión.

GRAVE, llame al 900 50 60 70; médico/a coordinador/a, movilizará una ambulancia normal o medicalizada, que derivará a la persona accidentada a uno de los centros asistenciales de Mutualia. La persona accidentada debe de acudir al centro asistencial con su DNI o documento en vigor equivalente y el PARTE DE ASISTENCIA. En caso de que la persona accidentada no estuviera consciente o tuviera dificultades para expresarse, es importante que acuda acompañada de otra persona.

Accidente en el extranjero (+34 91 75 15 50):

El personal médico dará las pautas necesarias para la asistencia médica y la repatriación de la persona accidentada, si fuese necesario. Este número facilita Información para empresas y trabajadores/as que se desplacen al extranjero. Las empresas y los/las trabajadores/as que se vayan a desplazar al extranjero pueden consultar los trámites y gestiones previas necesarias que deben realizar, tanto la empresa como el/la trabajador/a, con la Tesorería General de la Seguridad Social y el Instituto Nacional de la Seguridad Social.