PRÁCTICAS VOLUNTARIAS
PRÁCTICAS VOLUNTARIAS EXTRACURRICULARES
El objeto de ofrecer esta posibilidad a nuestro alumnado es poder darles nuevas posibilidades de conocer la actividad profesional objeto de su formación.
Estas prácticas tienen un carácter voluntario, es decir, no forman parte del Plan de Estudios, se realizan durante el curso o en verano.
Las prácticas académicas externas que el alumnado de la UPV/EHU realiza en entidades colaboradoras se rigen por la Resolución de 24 de julio de 2019, de la Vicerrectora de Estudios de Grado y Posgrado y de la Vicerrectora de Estudiantes y Empleabilidad, por la que se aprueba la Normativa Reguladora de las Prácticas Académicas Externas del Alumnado de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, aprobada en el Consejo de Gobierno de 12 de julio de 2019 y publicada en el BOPV (nº 147) el 6 de agosto de 2019.
El alumnado en prácticas voluntarias dispondrá de un/a instructor/a en la entidad o centro de prácticas y un/a tutor/a en la Facultad quien se responsabilizará de su seguimiento y supervisión.
Requisitos para poder realizar una práctica vountaria extracurricular
1.- Ninguna práctica voluntaria, vinculada o no a beca, podrá ser objeto de convalidación con las prácticas obligatorias curriculares de 4º curso de grado, ni tampoco su realización podrá servir para el reconocimiento de créditos dado que no forman parte del Plan de Estudios.
2.- Para poder realizar una práctica voluntaria extracurricular deberán tenerse superados 120 créditos del Plan de Estudios de Grado.
3.- Es aconsejable que la práctica tenga una duración de un mínimo de 60 horas y un máximo de 100 horas presenciales de práctica.
4.- No se podrán realizar al mismo tiempo las prácticas obligatorias curriculares y las voluntarias extracurriculares.
5.- El alumnado para poder realizar estas prácticas deberá tener contratado el seguro CUM LAUDE.
6.- La realización de prácticas voluntarias no podrá servir como justificación para que el alumnado no cumpla con sus obligaciones académicas.
7.- El alumnado interesado en realizar prácticas voluntarias deberá ponerse en contacto con el Técnico de Centro (jesusangel.larrinaga@ehu.es) y a tales efectos cumplimentará toda la documentación que le sea requerida.
Así, entre otros aspectos, con carácter previo a la realización de la práctica presentará:
- datos de la entidad o centro de prácticas
- proyecto de la práctica a realizar consensuado con la persona responsable del área de la práctica y con la entidad
- número de horas junto con un calendario de realización (fecha de inicio y fecha de fin)
Durante la realización de la práctica informará de cuantos aspectos le sean requeridos desde la Facultad.
Al finalizar la práctica, deberá elaborar una memoria conforme el modelo normalizado en la normativa de prácticas (anexo V).
8.- Si el alumnado desea que esta práctica quede reflejada en su certificación académica deberá finalizar las mismas y cumplir con las obligaciones formales derivadas de la misma antes de solicitar el título de los estudios realizados.
9.- Las prácticas, con carácter previo a su realización, deberán ser validadas por la persona Responsable de Prácticas de la Facultad.
10.- El Responsable del Programa de Prácticas podrá en cualquier momento poner fin a una práctica voluntaria.
El alumnado con la realización de la práctica reconoce y acepta todos y cada uno de los puntos señalados obligándose a cumplir todo aquello que el Responsable del Programa de Prácticas le requiera con anterioridad, durante y con posterioridad a la práctica.
Aprobado por la Comisión de Prácticas y Trabajo Fin de Grado de la Facultad de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (12 de febrero de 2015).