Recomendaciones para las prácticas externas y la formación dual
La situación de alarma sanitaria ha afectado, en mayor o menor medida, al alumnado de titulaciones de grado y máster que estaba desarrollando prácticas externas curriculares y voluntarias en contextos profesionales, así como estancias en empresas en el marco de la formación dual. Para estos casos es necesario establecer unos criterios específicos según las características de las prácticas y/o estancias, atendiendo a los casos particulares. No obstante, en términos generales se tomarán en consideración las siguientes orientaciones:
- En el caso del alumnado de último curso que no haya completado las prácticas curriculares o la estancia requerida por la formación dual, pero existan evidencias suficientes para poder realizar su evaluación (actividad presencial y seminarios o actividades no presenciales), el centro realizará una propuesta al Vicerrectorado de Estudios de Grado y Posgrado, tras cuya autorización, se calificarán. Los seminarios y actividades no presenciales podrán ser sustituidos, en el caso de las prácticas clínicas, por el reconocimiento de la actividad profesional realizada al amparo de contratos de trabajo formalizados con instituciones sanitarias o en los distintos ámbitos del sector de los Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
- En el caso del alumnado de último curso cuya práctica curricular o estancia requerida por la formación dual sea de obligado cumplimiento y no pueda evaluarse porque no se ha iniciado o ha durado pocos días, el centro valorará la posibilidad de realizarla durante este curso académico siempre que la situación sanitaria lo permita. Para ello, presentará una propuesta al Vicerrectorado de Estudios de Grado y Posgrado, tras cuya autorización procederá a modificar las fechas de las convocatorias, siendo la fecha límite para que la calificación conste en el expediente el 31 de octubre de 2020.
- En el caso del alumnado de cursos inferiores al último cuya práctica curricular o estancia requerida por la formación dual sea de obligado cumplimiento y no pueda evaluarse, se seguirán las directrices de fecha 8 de abril de 2020 de la Vicerrectora de Estudios de Grado y Posgrado y en todo caso, la fecha límite para el cierre de actas será el 31 de julio de 2020.
- En el caso del alumnado que no haya completado las prácticas voluntarias, pero existan evidencias suficientes (actividad presencial y/o actividades no presenciales), se procederá a su evaluación.
- En el caso del alumnado cuyas prácticas voluntarias no puedan evaluarse porque el periodo de ejecución no ha sido suficiente, se le registrarán como “prácticas no evaluables’.
En todos los casos, se procederá según la “Guía para el registro de las prácticas externas y estancias de la formación dual afectadas por la situación de alarma sanitaria” enviada a las personas responsables de los programas de prácticas de los centros.