Reglamento marco de centros
La Disposición Final Segunda de la reforma de los Estatutos de la UPV/EHU aprobada por el claustro en su sesión de 25 de noviembre de 2021, establecía que en un plazo de nueve meses desde su entrada en vigor debían aprobarse las modificaciones normativas que correspondan al objeto de adecuar a los Estatutos, en los correspondientes Reglamentos, la composición de los distintos órganos colegiados de gobierno y representación a los sectores de la comunidad universitaria con representación en el Claustro.
Junto a los obligados cambios anteriores, se pretende actualizar y adaptar estas normativas a la realidad tecnológica actual y dar respuesta a necesidades y demandas detectadas en los últimos tiempos.
Sobre el texto vigente, se ha añadido en color rojo lo que se propone añadir. Y sombreado en amarillo lo que se propone quitar. Podéis enviar sugerencias sobre los textos a idazkaritza.nagusia@ehu.eus, proponiendo un texto alternativo y la justificación o motivación del mismo, antes del 22 de junio a las 12 horas.
RESUMEN DE LAS APORTACIONES RECIBIDAS
Se han realizado cuatro aportaciones, de las cuales tres se han hecho a título individual y otra conjunta. Esta última enviada por las decanas, decanos, y directoras o directores de todos los centros de la universidad. Las aportaciones individuales han versado sobre los criterios de asignación del número de vicedecanatos o subdirecciones, centrándose en los de internacionalización, prácticas en empresas u obtención de sellos de calidad, aunque no siempre en la misma dirección. La aportación colectiva, además de incidir en esos mismos temas, ha profundizado también en una definición más precisa de algunas funciones de la junta de centro y en el papel de las secciones territoriales en los centros que disponen de ellas.
A consecuencia de los comentarios recibidos, se cambió el texto propuesto inicialmente en lo que se refiere a los criterios sobre asignación de número de vicedecanatos o subdirecciones en lo referente a internacionalización, prácticas y titulaciones a computar. También se ha precisado más la definición de las funciones y competencias del centro.