Reglamento regulador de los dobles grados y de la simultaneidad de enseñanzas de grado de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea
El presente reglamento tiene por objeto definir y regular las condiciones para los programas académicos de dobles titulaciones de grado o dobles grados con un itinerario específico, y de la simultaneidad de estudios de grado fuera de esas programaciones.
Desde la implantación de los grados, han surgido diversas programaciones académicas para la obtención de dobles grados, con su propia normativa reguladora, si bien la UPV/EHU no contaba con una normativa general al respecto. El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, ha venido a regular por primera vez y con carácter básico, los programas académicos de simultaneidad de dobles titulaciones de Grado o de Máster Universitario con un itinerario específico, que dará lugar a la obtención, si son superadas todas las asignaturas que lo configuran, de cada uno de los títulos universitarios oficiales que lo conforman.
Por otro lado, la Normativa de gestión de las Enseñanzas de Grado preveía la posibilidad de cursar dos grados de forma simultánea, si bien la regulación era mínima y no resolvía todas las cuestiones precisas.
Por todo ello era necesario que la universidad estableciera un marco básico común aplicable a todas las programaciones académicas para la simultaneidad de titulaciones de grado, en régimen de doble grado o bien fuera de ello que se lleven a cabo en la UPV/EHU.