Procedimiento de contratación

Procedimiento de contratación

Objeto (Art. 60 de la L.O.S.U.)

  • Realización de trabajos de carácter científico, tecnológico, humanístico o artístico, así como para actividades específicas de formación

A través de:

  • Trabajos de I+D, Innovación Tecnológica o Transferencia de Resultados
  • Servicios Técnicos Repetitivos
  • Asesoría Científica, Tecnológica o Artística
  • Actividades Específicas de Formación

¿Quién puede participar?

  • PDI de la UPV/EHU a tiempo completo
  • PTGAS (con autorización previa de gerencia)

Observaciones:

  • El personal investigador en formación estará sujeto a lo que la convocatoria de su financiación establezca. Si es posible su participación, en ningún caso podrá ser persona investigadora principal
  • El personal investigador indefinido no tiene actualmente autorización para participar
  • La autorización de los contratos conlleva la concesión automática de la compatibilidad
  • Deben firmar la conformidad, indicando el número de horas que cada uno dedique
  • Deben prestar especial atención a las condiciones de confidencialidad

Procedimiento

Autorización

  1. Del Consejo de Departamento o de Instituto o de otras estructuras sin capacidad jurídica. Salvo que firme el Equipo Rectoral, puede ser delegada en el Órgano Unipersonal Directivo.
  2. Vicerrectorado de Transferencia e Internacionalización

Observación:

  • En experimentación con animales, seres humanos o uso de muestras de origen humano será necesaria además la autorización del Servicio de Ética en la Investigación.
  • La autorización estará sujeta a la normativa de incompatibilidades.

Tramitación

CONTRATOS POR IMPORTE INFERIOR O IGUAL A 9.000€ Y SIN RESULTADOS REGISTRABLES

  1. La persona proponente debe enviara a la OTRI:
    • a) Autorización de Departamento, Instituto, Centro o Estructura (solicitud de emisión de factura)
    • b) Información sobre:
      • Tareas
      • Presupuesto
      • Propuesta de contrato
  2. El Vicerrectorado debe autorizar su firma.

CONTRATOS POR IMPORTE SUPERIOR A 9.000€

  1. La persona proponente debe enviara a la OTRI:
    • a) Propuesta de contrato conforme a modelo oficial.
    • b) Memoria explicativa, con Trabajos a realizar, personal implicado y dedicación, recursos necesarios, con mención del inmovilizado: locales, laboratorios, equipos e instrumentos y personal a contratar.
    • c) Presupuesto.
    • d) Autorización de Departamento, Instituto, Centro o Estructura y Conformidad del personal implicado.
    • e) Si participa PAS autorización previa de Gerencia.
  2. El Vicerrectorado debe autorizar su firma.

CONTRATOS PARA SERVICIOS REPETITIVOS POR PRECIO UNITARIO

Propuesta del contrato con indicación del coste unitario o tarifa.

  1. Autorización de la OTRI para la actividad
  2. Envío posterior de los encargos para su facturación a la OTRI.

Firma

  • Por el Vicerrector o la Vicerrectora y Órgano Unipersonal cuando:
    • Involucren a varios Centros, Departamentos, Institutos u otras Estructuras
    • Hay cláusulas específicas de responsabilidad por incumplimiento
  • Por el Órgano Unipersonal cuando:
    • Se usen laboratorios o equipamiento universitario de carácter científico, o
    • Se contrate personal investigador

Observaciones:

  • Por razones de representación institucional pueden ser suscritos por el Rector o la Rectora o Vicerrector/a.
  • No se puede firmar un contrato antes de su autorización
  • No realizarse trabajos antes de su firma

Contenido de los contratos

En el contrato

  • Identificación de la entidad contratante
  • Objeto del contrato
  • Investigador/a Responsable y Personal participante
  • Duración, mencionando fechas de ejecución y entrega de resultados
  • Obligaciones de cada parte, señalando cláusula de responsabilidad si es el caso
  • Precio final acordado, plazos y forma de pago
  • Régimen de los derechos de Propiedad Industrial e Intelectual
  • Cláusula de improcedencia de reclamación por lucro cesante
  • Cláusula sobre protección de datos de carácter personal
  • Cláusula sobre cumplimiento del código de ética de la UPV/EHU
  • Memoria explicativa

Presupuesto

  • Costes de personal propio
  • Costes de personal a contratar
  • Fungibles
  • Viajes y dietas
  • Otros gastos de funcionamiento
  • Subcontratación de servicios. Mayor del 50% del presupuesto precisa autorización del Vicerrectorado
  • Coste de seguro de responsabilidad civil si fuese necesario
  • Inventariable a adquirir y amortización del existente
  • Costes indirectos: 18% del importe total del contrato sin considerar el inventariable
    • 5% para el Centro, Departamento, Instituto o Estructura
    • 13% para la promoción y mejora de la transferencia de resultados y para gastos generales de la UPV/EHU

Observaciones:

  • Para calcular el valor total del contrato, incluidos los costes indirectos, se divide el total de la base del presupuesto (sin incluir el inventariable) entre 0,82 y al resultado se le suma el inventariable.

Gestión

  • El Vicerrectorado mantendrá habilitada la aplicación telemática Ikertu On Line
  • Apertura de orgánica
  • Asignación del crédito en el momento de la emisión de la factura
  • Cuando se cobra la factura se habilita la solicitud de cobro por nómina
  • En caso de impago se comunica al IP y, teniendo en cuenta las posibles prórrogas y novaciones, a partir de 3 meses se realiza la reclamación de oficio del pago de la factura. Si no se realiza el pago de la factura se expedienta el crédito
  • A la finalización del contrato se solicitará a la empresa la emisión de un certificado de entrega, recepción definitiva y conformidad.
  • Cierre de la orgánica, en el cierre del ejercicio siguiente a la finalización del contrato y en cumplimiento de orden de cierre emitida desde el servicio de contabilidad.