PROTOCOLO_QUEJAS

Protocolo para la tramitación de quejas

En el Reglamento del Servicio de Inspección de la UPV/EHU (BOPV nº 117 de 20 de junio de 2008) sobre el procedimiento de actuación, en el nº 2 del artículo 4  se señala que El Servicio de Inspección podrá actuar como consecuencia del Plan de Actuación o por denuncias o quejas sobre el incumplimiento de obligaciones docentes del profesorado realizadas por cualquier miembro de la comunidad universitaria, cuando se aprecie en ellas fundamentos suficientes.

Se depurarán las responsabilidades que correspondan en caso de que se pruebe la falsedad o mala fe de la denuncia.

En el último párrafo del artículo 4, se dice que En lo no previsto en este reglamento se seguirá lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sería conveniente (aunque no impediría darle curso a una denuncia genérica) para que prosperase un expediente de denuncia, que la queja se realice por escrito y que en el mismo se facilite el mayor número de datos  (como mínimo DNI del denunciante, lugar fecha y firma). Se deberían detallar fechas y horas en los que se ha producido la incidencia, y evitar declaraciones genéricas como "no va", o "no suele ir, o no suele estar"…

Para adoptar medidas correctoras que garanticen los derechos del alumnado ante ausencias a clases, exámenes, o tutorías del PDI, o ante otro incumplimiento relacionado con la docencia, evaluación, calificaciones etc…, sería conveniente que se denunciara o diese a conocer:

  1. Primero a los órganos del propio Centro (Dirección/Decanato, o vicedecanato o subdirección de ordenación académica y alumnado, o consejo de estudiantes etc.) para que en el ámbito del Centro, se de una respuesta a la queja. Cuando no se obtenga una respuesta en un plazo breve, o cuando la respuesta no sea satisfactoria, dirigirse al Órgano Central del vicerrectorado de Profesorado en concreto a la Dirección de Profesorado y al servicio de Inspección.
  2. Directamente al Órgano Central del vicerrectorado de Profesorado en concreto a la Dirección de Profesorado y al servicio de inspección.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que sus datos pasan a formar parte de un fichero no automatizado del Servicio de Inspección de Profesorado de la UPV/EHU, Le comunicamos que puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos remitiendo un escrito a Direccion de Profesorado,, Barrio Sarriena s/n, 48940 Leioa-Bizkaia, adjuntando copia de documento que acredite su identidad. Puede consultar el "Reglamento de la UPV/EHU para la Protección de Datos de carácter Personal" en las direcciones de Internet www.ehu.eus/babestu.

PAUTAS

SI SE TIENE QUEJA SOBRE LAS OBLIGACIONES DOCENTES DEL PDI, se puede denunciar siguiendo las siguientes pautas:

1. PONERLO EN CONOCIMIENTO EN ORGANOS DEL CENTRO

Presentar por Registro del centro la queja (se facilita modelo DOC 1 (pdf, 85 Kb), aunque puede presentarse el escrito que se considere) a la Dirección/Decanato del centro, al vicedecanato/subdirección de ordenación académica y alumnado del centro, o al consejo de estudiantes del centro.

Si no se quiere facilitar nombre y apellidos a la Dirección u otros Organos de la dirección del centro, la queja se deberá tramitar a través del Consejo de Estudiantes a quien se le facilitaran tales datos, y los utilizará conforme a la Ley de Protección de datos.

2. PONERLO EN CONOCIMIENTO DE ORGANO CENTRAL DE LA UPV/EHU

Si en 2 días no han recibido respuesta, acudir al Consejo de Estudiantes del Centro y cumplimentar el modelo DOC 2 (pdf, 85 Kb).

Si no se quiere facilitar nombre y apellidos al Servicio de Inspección, se facilitarán al Consejo de Estudiantes, que los utilizará conforme a la Ley de Protección de datos.

Quedarse con copia y enviar el original a la DIRECCIÓN DE PROFESORADO/SERVICIO DE INSPECCIÓN, con indicación del domicilio o lugar al que dirigirse, a los efectos de notificación de la medida o resultado que se adopte.

3. PROCEDIMIENTO

Examinada la denuncia en la Dirección de Profesorado/Servicio de Inspección, se comprobará si esta tiene fundamento y se le dará plazo de 10 días para alegaciones al PDI, manteniendo el anonimato del alumnado.

4. RESOLUCION

Se resuelve el asunto y su resultado se notifica al centro, y al domicilio o dirección indicada por el estudiante.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que sus datos pasan a formar parte de un fichero no automatizado del Servicio de Inspección de Profesorado de la UPV/EHU, Le comunicamos que puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos remitiendo un escrito a Direccion de Profesorado,, Barrio Sarriena s/n, 48940 Leioa-Bizkaia, adjuntando copia de documento que acredite su identidad. Puede consultar el "Reglamento de la UPV/EHU para la Protección de Datos de carácter Personal" en las direcciones de Internet www.ehu.eus/babestu.