KA171 - AYUDAS ECONÓMICAS

KA171 - AYUDAS ECONÓMICAS

AYUDAS ECONÓMICAS DIRECTAS

Las ayudas económicas directas consisten en la suma de una asignación fija mensual/diaria (ayudas individuales), calculada en función de la duración y características del participante, y una ayuda de viaje que varía dependiendo de la distancia del viaje.

 

1) AYUDAS INDIVIDUALES A LA MOVILIDAD FISICA

El importe a percibir se calculará en función de la estancia real, es decir, la que corresponda a las fechas de los certificados de inicio y fin. En ciertos casos se financiarán también 2 días suplementarios correspondientes a los días de viaje.

 

2) AYUDA ADICIONAL PARA PARTICIPANTES CON MENOS OPORTUNIDADES

Se consideran estudiantes con menos oportunidades los que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones (ayuda no acumulativa si presentan más de un perfil):

DISCAPACIDAD

✓ Tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento, o un grado de discapacidad equivalente, en el caso de estudiantes extranjeros.

OBSTÁCULOS SOCIOECONÓMICOS

✓ Ser beneficiario de una beca de estudios de carácter general de la Administración General del Estado para realizar estudios universitarios y otros estudios superiores o de una beca del Departamento de Educación del País Vasco, o de una beca para la escolarización de estudiantes de niveles no universitarios concedida por el Departamento de Educación del País Vasco en el curso inmediatamente anterior al que se vaya a realizar la movilidad o en el curso académico en el que se realice la movilidad.

✓ Percibir la unidad familiar una prestación de Ingreso mínimo vital / Renta Mínima de Inserción o cualquier otra prestación de igual o similar naturaleza, según la denominación adoptada en cada Comunidad Autónoma.

✓ Estar en riesgo de exclusión social.

✓ Pertenecer a una familia numerosa o monoparental.

✓ Encontrarse en una situación de especial necesidad y emergencia social.

✓ Ser víctima de terrorismo, de violencia de género o en situación de orfandad.

✓ Encontrarse en una situación de dependencia o con dependientes a cargo.

✓ Tener un contrato de trabajo a tiempo completo.

OBSTÁCULOS GEOGRÁFICOS

✓ Estar matriculado en un centro situado en las Ciudades Autónomas de Ceuta o Melilla, o estar empadronado en dichas ciudades, en caso de que la matrícula se realice en una institución educativa no presencial.

PROBLEMAS DE SALUD

✓ Padecer problemas físicos o mentales que genere la necesidad de apoyo adicional.

DIFERENCIAS CULTURALES

✓ Tener la condición de refugiado o con derecho a protección subsidiaria o haber presentado solicitud de protección internacional en España, o en otro país, en caso de participantes entrantes.

Independientemente del destino, y siempre condicionado a la existencia de fondos, se ofrecerá una cantidad adicional de 250 € mensuales a los/as estudiantes que se encuentren en alguno de los grupos descritos.

 

3) AYUDAS DE VIAJE

El importe a percibir se calculará en función del número de kilómetros existentes entre la ciudad de origen y la de destino, con absoluta independencia del valor real de los billetes adquiridos.

La herramienta utilizada para dicho cálculo será la calculadora de distancias oficial de Erasmus+:

https://ec.europa.eu/programmes/erasmus-plus/resources/distance-calculator_es

 

AYUDAS ECONÓMICAS SUPLEMENTARIAS

1) AYUDA SUPLEMENTARIA DE APOYO A LA INCLUSION

El apoyo a la inclusión cubrirá los costes adicionales directamente relacionados con los participantes con menos oportunidades, que, en el caso de estudiantes, no se puedan cubrir a través de la ayuda adicional al apoyo individual. En particular, estos costes tienen el objetivo de cubrir el apoyo financiero adicional requerido para que los participantes con problemas físicos, mentales o de salud puedan participar en la movilidad y en las visitas preparatorias, y para sus acompañantes (incluidos los costes de viaje y estancia, si están justificados y a condición de que no estén cubiertos a través de las categorías presupuestarias «viajes» y «apoyo individual» para estos participantes).

La ayuda se debe solicitar expresamente (no es una dotación automática) y el importe cubrirá el cien por cien de los costes reales subvencionables.

Para acceder a este apoyo, los participantes deberán tener reconocida y calificada legalmente una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento (o su equivalente en el caso de estudiantes extranjeros), o padecer problemas físicos, mentales o de salud debidamente acreditados mediante la correspondiente certificación médica, así como cumplir con el resto de criterios de admisibilidad establecidos en el Programa.