Depósito de voto

Depósito de voto

Lugares y horarios para depositar el voto

Desde el lunes 18 de noviembre hasta el jueves 21 de noviembre (ambos incluidos), se podrá hacer el depósito de voto. Se dará publicidad de estas fechas en los tablones de anuncios y medios electrónicos de los diferentes centros y campus, así como en la web de la universidad.

La Comisión Electoral General, en su sesión de 30 de octubre, aprobó los criterios que se aplicarían para constituir mesas electorales, consecuencia de los cuales es el documento que se adjunta como Anexo I.

El depósito de voto permite ejercer el derecho al voto en el mismo centro en el que el estudiantado recibe docencia y en el centro de trabajo al que está adscrito el personal. (PTGAS y PDI).

El Reglamento de Elección de Rector o Rectora establece que el depósito de voto se ejercerá ante las Direcciones de los Centros y Vicerrectorados de Campus o personas en quien deleguen. Serán los Secretarios o las Secretarias Académicas de los Centros, de los Campus, los coordinadores de Sección (incluidas las de las Unidades docentes de la Facultad de Medicina y Enfermería), en el horario de atención al público de dichas secretarías quienes reciban el deposito de voto o personas en quien deleguen. Las personas y el horario y el lugar serán publicitados por los correspondientes centros, secciones o unidades docentes.

Cómo se deposita el voto

Se remitirán a los centros docentes las papeletas en pdf para que puedan imprimirlas y ejercer el depósito de voto. Las papeletas son todas de color blanco. Cada centro, tanto para el depósito de voto, como para el voto el día 26 de noviembre, deberá garantizar la disposición de los sobres, todos del mismo color.

Los votos depositados deberán ir en papeleta y sobre oficial cerrado. Este sobre ya cerrado, será introducido junto con una fotocopia del DNI, Pasaporte, Carnet de Conducir o Carnet acreditativo de miembro de la UPV/EHU en vigor en otro sobre dirigido a la Presidencia de la Mesa de la circunscripción electoral correspondiente indicando en el exterior el nombre y apellidos de la persona que emite el voto, así como, el sector electoral al que pertenece, debiendo firmar en la solapa que deberá ser precintada con cinta adhesiva.

Si las o los votantes así lo solicitaran se les entregará un recibo del depósito de voto, segun el modelo que se adjunta con estas instrucciones.

Cerrada la votación, se procederá a la introducción en la urna de los votos así emitidos previa comprobación de su inscripción en el censo. Si alguno de estos votos correspondiera a alguien que haya emitido ya su voto personalmente o que hubiera perdido la condición de electora o elector, el depositado perderá su validez, no siendo introducido en la urna.

El Depósito de voto deberá realizarse en persona por el elector o la electora.