Gestión de la propiedad industrial en la UPV/EHU: Lo primero que debes saber

Gestión de la propiedad industrial en la UPV/EHU

Lo primero que debes saber

Titulares y autores de las invenciones

Los resultados de la actividad universitaria que den lugar a invenciones susceptibles de protección mediante títulos de propiedad industrial:

  • La titularidad de los resultados de la actividad universitaria que den lugar a invenciones susceptibles de protección corresponderá a la Universidad.
  • En el caso de las invenciones realizadas como consecuencia de su función de investigación en la universidad y que pertenezcan al ámbito de sus funciones docente e investigadora, el personal docente e investigador, incluido el personal en formación, tendrá derecho a participar en los beneficios en los términos establecidos por la legislación de patentes

(Fuente: RESOLUCIÓN de 26 de septiembre de 2007, del Secretario General de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se ordena la publicación de la normativa sobre Régimen de la Propiedad Intelectual e Industrial)

¿Qué se puede patentar?

Patentar consiste en proteger y obtener derechos de explotación.

  • Patentes de producto: protegen un objeto o producto y sus componentes.
  • Patentes de procedimiento: dan protección a las operaciones que transforman un producto en otro.
  • Patentes de uso: consisten en la protección de un nuevo uso para un producto ya conocido.

Requisitos para patentar

La invención debe tener:

  • Novedad: No estar comprendida en el estado de la técnica (no debe haberse hecho accesible al público).
  • Actividad inventiva: Aquella que no resulta evidente del estado de la técnica para un experto en la materia.
  • Aplicación industrial: Debe ser susceptible de ser aplicada a cualquier clase de industria.

Beneficios de patentar los resultados

  • Mejor explotación de los Resultados de Investigación.
  • Valoriza el Curriculum.
  • Reconocimiento público de la autoría.
  • Beneficios económicos.
  • Es posible publicar los resultados tras patentar.

¿Publicar o patentar? ¡Son vías complementarias!

Publicar algo (o divulgar) un resultado de investigación, antes de solicitar su patente, rompería su requisito de novedad y ya no se podría proteger.

Sin embargo, solicitar la patente y acto seguido (o cuando se quiera) publicar sería lo deseable.