Anulación de matrícula
Cada estudiante podrá anular la matrícula hasta el 31 de diciembre de cada año. Dicha anulación será en todo caso de la matrícula total, sin que quepa efectuar una anulación parcial o de asignaturas sueltas. A partir de esta fecha no se admitirán anulaciones de matrícula salvo si la universidad lo autoriza expresamente previa petición de la persona interesada y de acuerdo con lo establecido en el artículo 35.6. Esta anulación no supone la devolución de los precios públicos abonados por la persona interesada.