PREGUNTAS_FRECUENTES_FAQ

Preguntas más frecuentes

¿Cuánto dura el curso lectivo?

Lo establecido por el Consejo de Gobierno en la normativa para la gestión de las enseñanzas de primer y segundo ciclo, en la que se recoge el calendario académico general, conforme al cual los centros aprobarán sus calendarios escolares.

¿Cuánto dura el curso académico?

El inicio del curso académico marca la finalización del anterior.

¿Cuantas horas semanales y anuales tiene que hacer un PDI?

Depende:

  • PDI en régimen de dedicación a tiempo completo: 37,5 horas a la semana.
  • PDI en régimen de dedicación a tiempo parcial: entre tres y seis horas lectivas y un número igual de horas de tutoría y asistencia al alumnado, por semana.

¿Cómo se reparte mi jornada laboral?

La jornada laboral de los profesores con régimen de dedicación a tiempo completo se repartirá entre actividades docentes e investigadoras, así como de atención a las necesidades de gestión y administración de su departamento, centro o universidad.

Sin perjuicio del necesario cumplimiento de las obligaciones mínimas de docencia y tutoría o asistencia al alumnado, se pueden establecer otras actividades a desarrollar por el profesorado durante su jornada, con el límite de que al menos un tercio de la misma quedará reservada a tareas de investigación.

Para los profesores con régimen de dedicación a tiempo parcial será la que se derive de sus obligaciones tanto lectivas como tutorías y asistencia al alumnado.

¿Cuál es realmente mi lugar de trabajo y donde debo desempeñar realmente mi jornada laboral?

En principio el puesto de trabajo es el centro de adscripción del profesor, sin perjuicio de que, de conformidad con lo establecido en el real decreto 898/1985, el profesorado tenga la obligación de impartir docencia en cualquier centro de su universidad, en materias de su área de conocimiento.

Si mi contrato es a tiempo completo ¿tengo que acudir al centro todos los días o únicamente los días que tenga docencia (teoría, prácticas o tutorías)?

Sí, tengo que acudir al Centro.

¿Cual es mi periodo de vacaciones?

Según el art. 73 del Acuerdo Regulador de Condiciones de Trabajo, y el Art.31 del Convenio Colectivo del Personal Laboral Docente e Investigador de la UPV/EHU, en el calendario académico se contemplará el período de vacaciones de verano, que será de un mes y coincidirá en todo caso con periodo no lectivo.

El periodo vacacional de semana santa y navidad ¿es lectivo?

La normativa de gestión de las enseñanzas  de grado y de primer y segundo ciclo, que anualmente se aprueba,  establece los periodos de vacaciones de invierno y primavera para el alumnado, debiendo entender que los mismos no son lectivos. Lo anterior no significa que esos períodos sean vacacionales para el PDI.

¿Cómo debo hacer público mi horario de tutorías?

Con independencia de otros medios adicionales que se puedan utilizar por parte del profesorado, es obligatorio  que los horarios de tutorías sean grabados por el profesorado en GAUR.

¿Cuándo tengo que grabar mis horarios de tutorías?

Los horarios de tutorías de cada cuatrimestre se deben grabar antes del comienzo del mismo. No obstante, estos horarios podrán ser modificados siempre que la modificación sea autorizada por la dirección/decanato del centro y grabrada  en GAUR por el profesor/a con al menos tres días lectivos de antelación.

¿Hasta cuándo tengo que grabar tutorías?

Según la normativa  de gestión de las enseñanzas  de grado y de primer y segundo ciclo, las tutorías se deben establecer  durante la totalidad del curso, hasta la realización de la última convocatoria. Es decir, el horario de tutorías del profesorado se debe extender, durante el primer cuatrimestre, hasta el comienzo del segundo, y, durante el segundo, hasta la finalización de la evaluación de todas las asignaturas que se imparten, incluido, en su caso, la evaluación de los T.F.G.

¿Qué tipo de licencias puedo pedir y cómo puedo hacerlo?

Lo mejor es acudir a la Sede Electrónica que se encuentra en la página Web de la Universidad y ver todo el desplegable con todas las situaciones que se pueden dar. Allí se recogen teóricamente todas las situaciones previstas en el II Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador de la UPV/EHU así como en el Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo del personal de la UPV/EHU y sus acuerdos de mejora  de 27-11-2002 y del 18-11-2005.

¿Qué tengo que hacer si no puedo acudir al centro porque me encuentro enfermo/a? ¿Si estoy enfermo y no tengo docencia puedo quedarme en casa sin solicitar la baja?

Si se encuentra en una situación que le impide acudir al centro a desempeñar su trabajo, lo primero que debe hacer es comunicarlo inmediatamente al centro y a su departamento. Si la razón es médica, y se prolonga o prevé que se va a prolongar más de 2 días, debe solicitar la baja a su médico y seguir el procedimiento establecido para la tramitación de los partes de baja: ALTAS-BAJAS PDI - Vicegerencia de Personal Docente e Investigador - UPV/EHU

Si es un trabajador o trabajadora a tiempo completo, el que no tenga docencia no quiere decir que no tenga que acudir a su puesto de trabajo a cumplir con el resto de sus actividades. Por ello, toda ausencia debe quedar justificada.

¿Cuántos días tengo para firmar las actas?

Si tenemos en cuenta que la calificación provisional de la asignatura será dada a conocer por el profesor/a en un plazo de 12 días naturales a partir de la fecha oficial de la prueba de evaluación final, que la revisión se realizará en un plazo comprendido entre un mínimo de 3 días naturales y un máximo de 6 días naturales  y que una vez terminado el plazo de revisión se procederá a firmar las actas en un plazo máximo de 3 días naturales, nos da un plazo máximo para la firma de actas de 21 días . 12+6+3=21

El incumplimiento de estos plazos puede causar graves trastornos para los estudiantes.