Resoluciones para el PDI

Resolución de la vicerrectora de personal docente e investigador de la UPV/EHU de 28 de mayo de 2020, por la que se aprueban instrucciones orientativas sobre el funcionamiento mixto de las comisiones de selección de los concursos de plazas de carácter permanente del personal docente e investigador

Por resolución de la rectora de la UPV/EHU, de 14 de marzo de 2020, se suspendió toda la actividad presencial en la UPV/EHU como consecuencia del brote del virus COVID-19, ante la situación de emergencia sanitaria declarada el 13 de marzo por el Consejo de Gobierno del Gobierno Vasco y la declaración de estado de alarma por parte del Gobierno Estatal el 14 de marzo, conforme al Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Con posterioridad, mediante el Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, se aprueba la quinta prórroga del estado de alarma, procediéndose, entre otras cuestiones, al levantamiento de la suspensión de los plazos administrativos con efectos del 1 de junio, suspensión que fue decretada por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

Por su parte, el artículo 17.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, permite que los órganos colegiados puedan constituirse, convocar, celebrar sus sesiones, adoptar acuerdos y remitir actas tanto de forma presencial como a distancia.

En la misma línea, mediante resolución del Secretario General, de 30 de abril de 2020, se aprobaron unas instrucciones orientativas acerca del funcionamiento de los distintos órganos colegiados de la UPV/EHU.

Las Comisiones de Selección, órganos colegiados encargados de evaluar y seleccionar a las personas aspirantes a ocupar plazas de carácter permanente del personal docente e investigador, están formadas por 5 miembros titulares y otros tantos suplentes, procedentes de las universidades públicas del resto de las comunidades autónomas junto con miembros de la UPV/EHU.

A la vista de todo lo anterior, y ante la crisis generada por la aparición y evolución del brote del Covid-19, resulta oportuno y prudente limitar la circulación y movilidad de las personas que deben cumplir sus obligaciones como miembros de las Comisiones de Selección, evitando de esta manera el contacto físico entre las personas y, por ende, la propagación del virus.

En este sentido, el uso de las tecnologías de la información y comunicación nos ofrecen una alternativa válida en aras a que los miembros de las Comisiones de Selección puedan constituirse y celebrar sus sesiones en una modalidad mixta, es decir, presencial y a distancia.

Por todo lo anterior, y al amparo de lo dispuesto por la Resolución de 25 de enero de la Rectora de la UPV/EHU sobre estructura y determinación de las áreas de funcionamiento de su equipo de gobierno y de delegación de competencias (BOPV 3 de febrero de 2017), la Vicerrectora de Personal Docente e Investigador dicta la siguiente

 

Resolución

 

Primero. – Objeto

El objeto de las presentes instrucciones es ofrecer a las Comisiones de Selección de los concursos de provisión de plazas de carácter permanente del PDI de la UPV/EHU unas pautas específicas de actuación que orienten el funcionamiento y actuación de sus sesiones celebradas en la modalidad mixta, de conformidad con el marco general establecido por Resolución del Secretario General de 30 de abril de 2020.

A los efectos de las presentes instrucciones, se entenderá por modalidad mixta aquella por la cual los miembros de las Comisiones de Selección pertenecientes a la UPV/EHU se reúnan de manera presencial en el centro donde se vayan a realizar las pruebas y el resto de los miembros se reúnan a distancia, en lugares distintos, en línea y de forma simultánea, en orden a la constitución de la Comisión y posterior desarrollo del proceso selectivo del concurso.

Las personas concursantes deberán acudir al acto público de presentación en el lugar determinado por la Comisión de Selección de forma presencial, coincidiendo físicamente con los miembros de la Comisión de Selección pertenecientes a la UPV/EHU.

En este caso, el aula deberá reunir las dimensiones necesarias en aras de mantener la distancia mínima interpersonal de dos metros y deberán respetarse las demás medidas de seguridad y de higiene determinadas por las autoridades competentes. Será la Dirección del Centro en el que se desarrolle la parte presencial del concurso, informada con la debida antelación del número de asistentes presenciales, la responsable de asegurarse de que las condiciones resultantes en la sala respetan las medidas sanitarias vigentes.

 

Segundo.- Habilitación para el uso de los medios electrónicos

De acuerdo con el artículo 17.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la Resolución del Secretario General de 30 de abril de 2020, las Comisiones de Selección de los concursos de plazas de carácter permanente del PDI podrán celebrar sus sesiones en la modalidad mixta, modalidad que se priorizará durante la emergencia sanitaria motivada por el Covid-19.

A estos efectos, tendrá la consideración de las sesiones de las Comisiones de Selección, el acto de constitución de las Comisiones, el acto de presentación de las personas concursantes, así como la celebración de las propias pruebas del concurso selectivo.

En este sentido, en el anuncio del acto de constitución de la Comisión, así como en el del acto de presentación de candidaturas, que se publicarán en la web de la universidad, se precisará, además de la fecha, hora y lugar que las mismas tendrán lugar, el hecho de celebrarse la sesión en la modalidad mixta.

 

Tercero.- Medios

Serán medios electrónicos válidos para las sesiones celebradas en la modalidad mixta, los sistemas de videoconferencia u otros medios de carácter online que posibiliten la interacción en tiempo real entre los miembros de la Comisión de Selección, así como entre éstos y las personas concursantes.

 

Cuarto.- Garantías durante el desarrollo de las sesiones a distancia o no presenciales

En las sesiones celebradas en la modalidad mixta, deberá asegurarse la identidad de los miembros, el contenido de sus manifestaciones, el momento en que éstas se producen, así como la interactividad e intercomunicación entre ellos y las personas candidatas en tiempo real y la disponibilidad de los medios durante la sesión.

Asimismo, deberá quedar garantizada la participación efectiva de los miembros de la Comisión de Selección en sus debates y deliberaciones. Al mismo tiempo, deberá garantizarse la participación efectiva de las personas concursantes en sus exposiciones.

A estos efectos, será el secretario o secretaria de la Comisión de Selección la persona encargada en verificar el cumplimiento de dichas garantías.

La Comisión de Selección podrá acordar la grabación de sus sesiones y proponer a las personas concursantes la grabación de sus intervenciones en las pruebas selectivas.

 

Quinto.- Documentación de las personas concursantes

Las personas concursantes entregarán a los miembros de la Comisión de Selección a distancia la documentación correspondiente a las distintas pruebas del proceso selectivo preferentemente a través del correo electrónico u otro medio válido que permita el correcto envío y recepción de la misma (currículum vitae, proyecto docente e investigador y, en su caso, trabajo original de investigación).

Los miembros de la Comisión de Selección pertenecientes a la UPV/EHU podrán recibir la documentación tanto en formato electrónico como en papel.

 

Sexto.- Actas

Las actas, la propuesta de contratación o, en su caso, de nombramiento y demás documentación resultante de las sesiones de las Comisiones de Selección deberán ser firmadas digitalmente y remitidas al Vicerrectorado de Personal docente e Investigador junto con el resto de la documentación.

 

Séptimo.- Soporte e incidencias técnicas

Los centros deberán habilitar y, en su caso, dar el soporte y apoyo técnico para que las sesiones celebradas a distancia o no personal puedan llevarse a cabo.

Si durante el desarrollo de la sesión se produjera alguna incidencia técnica que impidiera el correcto desarrollo de la misma, se interrumpirá la sesión temporalmente hasta que se solucione en un plazo razonable. Si la incidencia persistiera, la sesión se anulará y se pospondrá hasta que pueda celebrarse con todas las debidas garantías.

 

 

En Leioa, a 28 de mayo de 2020

 

LA VICERRECTORA DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR

Inmaculada Guerricagoitia Marina