Simultaneidad de Estudios
Capítulo II.
Artículo 17.
1.- Las solicitudes para simultanear estudios se resolverán favorablemente siempre que reúnan el requisito mínimo de tener aprobado el primer curso completo de los estudios iniciados o 60 créditos y que existan plazas vacantes en la titulación deseada una vez finalizados los plazos de matrícula. En caso de que existan más solicitudes que plazas vacantes, éstas se ordenarán por su calificación en los estudios de procedencia.
En caso de que la propia UPV/EHU establezca una planificación o programación docente que así lo prevea, será posible simultanear estudios desde el curso primero de las correspondientes titulaciones.
2.-Las solicitudes para simultanear estudios deberán estar acompañadas de una Certificación Académica Personal de los estudios universitarios iniciados y la tarjeta de Prueba de Acceso a la Universidad, excepto para el colectivo de estudiantes de la UPV/EHU, y se presentarán del 1 al 6 de septiembre de 2023, ambos inclusive, en los Vicerrectorados de Campus o en el Negociado de Acceso.
3.- Para los cursos superiores a primero, la solicitud de simultaneidad se solicitará directamente en la secretaría del centro donde se quiere retomar los estudios, entre el 19 de junio al 30 de junio de 2023, y serán resueltas por el decano, decana, director o directora de dicho centro, por delegación del rector o rectora.
4.- Cada estudiante de grado de la UPV/EHU tendrá un único expediente académico abierto en la Universidad, salvo en los casos de simultaneidad de estudios autorizados de acuerdo con lo indicado en este artículo.
Esta solicitud se puede enviar una vez cumplimentada y firmada por correo electrónico: secretaria.ei-vi@ehu.eus, o entregarla en secretaría para su registro y remisión al Servicio de Estudios de Grado de la UPV/EHU.