EAU-Bachillerato

Acceso desde el Bachillerato

Prueba

Consta de dos fases denominadas fase de acceso y fase de admisión.

Fase de acceso

Tiene por objeto valorar la madurez y destrezas básicas que debe alcanzar el alumnado al finalizar el bachillerato para seguir las enseñanzas universitarias oficiales de grado. Constará de los ejercicios siguientes:

  • Lengua Castellana y Literatura II.
  • Lengua Vasca y Literatura II.
  • Historia de España o Historia de la Filosofía, a elección del estudiantado.
  • Primera Lengua Extranjera II cursada: inglés, francés, italiano, portugués o alemán.
  • La materia de modalidad obligatoria cursada en 2º de bachillerato:
    • Ciencia y Tecnología: Matemáticas II o Matemáticas Aplicadas a las Ciencias Sociales II
    • Humanidades y Ciencias Sociales: Latín II o Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales II
    • Artes:
      • Vía de Artes Plásticas, Imagen y Diseño: Dibujo Artístico II
      • Vía de Música y Artes Escénicas: Análisis Musical II o Artes Escénicas II
    • Bachillerato General: Ciencias Generales

La duración de cada uno de los ejercicios será de una hora y media.

Cada uno de los ejercicios se calificará de 0 a 10 puntos. La calificación será la media aritmética de las calificaciones de todos los ejercicios, con 3 cifras decimales.

Fase de admisión

De carácter voluntario. Esta fase es voluntaria y servirá para mejorar la nota de admisión a un grado determinado. Quienes realicen la prueba de acceso y deseen mejorar su nota de admisión podrán examinarse en la misma convocatoria de hasta tres materias de segundo curso de Bachillerato, comunes o de modalidad, distintas a aquellas de las que se hubieran examinado en la prueba de acceso. Asimismo, podrán examinarse de una segunda lengua extranjera distinta de la que hubieran elegido en dicha prueba. También puede ser válida para subir nota alguna de las materias realizadas en la Fase de Acceso. Las materias realizadas para esta fase sólo se tendrán en cuenta si se obtiene una calificación igual o superior a 5 y su validez será como el resto de las materias de la Fase de Admisión. Para la admisión a un grado, se utilizarán las dos calificaciones que sean más favorables para el estudiantado.

La calificación de las materias de la Fase de Admisión tendrá validez durante el curso que se inicie inmediatamente después de la superación de la prueba y los dos cursos académicos siguientes a este.

El alumnado indicará en el momento de la inscripción, a través de su centro de enseñanza secundaria, las asignaturas de las que se examinará en la Fase de Admisión, en caso de que se examine de esta segunda parte.

Los ejercicios de una materia serán los mismos en la Fase de Acceso y la de Admisión. Cada materia presentará un número determinado de preguntas, permitiendo que el alumnado elija entre ellas para poder alcanzar la máxima puntuación.

Cada uno de los ejercicios de esta fase tendrá una duración de hora y media y se calificará de 0 a 10 puntos.

 

Superación de la prueba

Se considerará que un estudiante ha superado la prueba cuando haya obtenido una nota igual o mayor a 5 puntos como resultado de la media ponderada del 60% de la nota media de bachillerato y el 40% de la calificación de la fase de acceso, siempre que haya obtenido un mínimo de 4 puntos en la calificación de la fase de acceso.

Mejora de nota

Quien lo desee, se podrá presentar para mejorar la calificación de la fase de acceso y/o de cualquiera de las materias de la fase de admisión. Se tomará en consideración la calificación obtenida en la nueva convocatoria, siempre que ésta sea superior a la anterior. La superación de la fase de acceso tendrá validez indefinida; la de la fase de admisión tendrá validez durante el curso que se inicie inmediatamente después de la superación de la prueba y los dos cursos académicos siguientes a este.

Revisión de calificaciones

  1. Una vez publicadas las calificaciones, cada alumno o alumna, o sus padres, madres, tutores o tutoras legales en caso de quienes fuesen menores de edad, podrá presentar ante la presidencia del tribunal calificador una solicitud de revisión de los ejercicios en los que se considere que se ha podido producir una aplicación incorrecta de los criterios generales de evaluación y específicos de corrección y calificación. El plazo de presentación de las solicitudes de revisión será de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las calificaciones.
  2. Los ejercicios sobre los que se haya presentado la solicitud de revisión serán corregidos por un profesor o profesora especialista diferente al que realizó la primera corrección. Este llevará a cabo una revisión inicial con el objeto de verificar que todas las cuestiones han sido evaluadas y que no existen errores materiales o aritméticos en el proceso del cálculo de la calificación final. Si procede, se rectificará la calificación, que no podrá ser inferior a la otorgada en la primera corrección.

A continuación, se procederá a una segunda corrección completa del ejercicio con el objeto de verificar que se han aplicado correctamente los criterios generales de evaluación y específicos de calificación y corrección. La calificación final del ejercicio será la media aritmética entre la calificación otorgada tras la primera corrección o, en su caso, la rectificada, y la calificación otorgada en la segunda corrección. En el supuesto de que existiera una diferencia de dos o más puntos entre estas dos calificaciones, dos personas distintas a las anteriores efectuarán de oficio una tercera corrección. La calificación final será la consensuada por estas dos personas.

Este procedimiento deberá efectuarse en el plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la finalización del plazo establecido para la presentación de la solicitud de revisión.

3. Una vez finalizado el proceso de revisión, la comisión organizadora adoptará la resolución que establezca las calificaciones definitivas y la notificará a las personas reclamantes. La resolución pondrá fin a la vía administrativa.

4. La resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el órgano que las dictó, o ser impugnadas directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo.

5. El alumno o alumna tendrá derecho a ver los ejercicios revisados una vez finalizado en su totalidad el proceso de revisión establecido en este artículo, en el plazo de diez días hábiles desde el día siguiente al de la notificación de la resolución de la revisión.

Nota de admisión a la enseñanzas universitarias

Para la adjudicación de las plazas a Grados en que el número de solicitudes sea superior al de plazas ofertadas, se utilizará la nota de admisión, definida por la siguiente fórmula:

  • Nota de admisión (NAG) = 0,6* CB + 0,4* CFA + C1* M1 + C2* M2
    • CB = Calificación del bachillerato
    • CFA = Calificación de la fase de acceso
    • M1 y M2 = Calificaciones de las materias superadas para la Fase de Admisión
    • C1 y C2 = Coeficientes de ponderación de las materias