Ayudas económicas: América Latina & Otros Destinos

Gobierno Vasco - Curso 2024/25

 

¿Hay que solicitarla?

Sí, siguiendo el procedimiento explicado a continuación, dentro del plazo y en la forma indicada.

 

Plazo de presentación de solicitudes

Del 21 de noviembre al 12 de Diciembre del 2024 (ambos inclusive).

No se tramitarán solicitudes fuera de ese plazo

 

Lugar de presentación de solicitudes 

La documentación requerida deberá enviarse a la UPV/EHU, en el plazo arriba indicado, en un único correo electrónico.

El alumnado solicitante deberá remitir los documentos a la dirección de correo que le corresponda en función del apellido (no enviar a los dos correos):

  • Si la letra por la que comienza el primer apellido de la persona solicitante se encuentra entre la A y la L (INCLUSIVE), se deberá enviar la documentación al siguiente e-mail becamovgv-a-l.internacional@ehu.eus
     
  • Si la letra por la que comienza el primer apellido de la persona solicitante se encuentra entre la M y la Z (INCLUSIVE), se deberá enviar la documentación al siguiente e-mail becamovgv-m-z.internacional@ehu.eus
ATENCIÓN: Estos buzones de correo electrónico son únicamente para la recepción de la documentación requerida. Para consultas dirigirse a movilidad.internacional@ehu.eus, indicando en el asunto "BECA GOBIERNO VASCO".
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Documentación requerida

 

  1.   Certificado de empadronamiento

Un certificado de empadronamiento actualizado (expedido a partir del 20 de noviembre de 2024) que demuestre la "vecindad administrativa en algún municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco a la fecha de la solicitud y con anterioridad al 1 de enero de 2024", es decir, que demuestre que durante el último año has estado empadronado en la CAV y sigues empadronado.

    Si no has cambiado de municipio en el último año debes solicitar un volante/certificado de empadronamiento expedido a partir del 20 de noviembre de 2024 donde conste tu fecha de alta en dicho padrón.
    Si has cambiado de municipio en el último año deberás presentar un certificado histórico de empadronamiento o un volante/certificado de empadronamiento por cada municipio donde hayas estado empadronado (el correspondiente al municipio en el que actualmente estés empadronado debe estar expedido a partir del 20 de noviembre de 2024)

  1. Anexo II - Autorización Expresa

  2. Anexo III - Declaración responsable

 

Para rellenar y firmar el Anexo II y III, solamente se necesita el Adobe Reader. Puedes firmar de manera digital o a través de la opción “rellenar y firmar” de las herramientas de Adobe. No se admitirán documentos cuyo formato sea modificado o alterado.

 

Publicación de Listados provisionales

El 27 de diciembre de 2024 se publicarán en este apartado los listados de solicitudes completas, solicitudes a subsanar y excluidas:

 

Plazo y forma de subsanación de solicitudes

Las personas que deban subsanar dispondrán de 10 días hábiles para hacerlo, del 30 de diciembre de 2024 al 14 de enero de 2025 (ambos incluidos).

El/los documentos a subsanar deberá(n) enviarse a la dirección de correo que corresponda en función del apellido (los mismos indicados en el apartado “Lugar de presentación de solicitudes”) indicando en el asunto SUBSANACIÓN.

No se tramitarán subsanaciones fuera de ese plazo

 

Publicación de listados definitivos

El 27 de enero de 2025 se publicarán en este apartado los listados definitivos de solicitudes completas y excluidas.

 

Resolución y cobro de la ayuda

Una vez notificada la resolución de concesión de las ayudas por parte del Gobierno Vasco, donde figurarán las cuantías a abonar, el importe a percibir se ingresará en el número de cuenta aportado en la solicitud de movilidad.

Para el pago, debe estar enviada a la Oficina de Relaciones Internacionales la documentación obligatoria del programa, incluido el certificado de fin de estancia. La beca se pagará una vez finalizada la movilidad.

Orden del 12 de noviembre de 2024