EXENCIONES

Justificante de las reducciones que procedan

  • Familias numerosas:
    Fotocopia compulsada o fotocopia y original, para su cotejo, del título oficial que expedirá la Diputación u Organismo correspondiente y no esté caducado. Si estuviera caducado podrán acogerse a los beneficios de familia numerosa aquellos que justifiquen que se está tramitando la renovación del mismo.
  • Víctimas de actos terroristas:
    Certificado expedido por la Subdirección General de Atención al Ciudadano y Asistencia a las Víctimas del Terrorismo del Ministerio del Interior.
  • Discapacidad 33%:
    Certificado emitido por la Diputación u Organismo correspondiente.
  • Víctima de violencia de género:
    Consideradas como tales al amparo del Decreto 29/2011, de 1 de marzo, sobre los mecanismos de coordinación de la atención a las víctimas de violencia de género en la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y sus hijos o hijas menores de 25 años a su cargo y en convivencia con ella, tendrán derecho a las exenciones y reducciones reguladas en el presente artículo.

Todo ello deberá entregarse en la siguiente dirección:

Unidad de Enseñanzas Propias
-Negociado de Títulos Propios-
Edificio Aulario II, planta baja
48940 Leioa (Bizkaia)

O bien, escaneado, por correo electrónico a titulospropios@ehu.es