Programa IV Encuentros Profesionales

INFORMACIÓN

Dirigido a:

Despachos profesionales de juristas y economistas, profesionales independientes, profesionales de gabinetes técnicos y asesorías sindicales, estudiantes de los grados de Derecho, Relaciones Laborales y Recursos Humanos, Economía y Empresa, Sociología y Ciencias Políticas, Trabajo Social, estudiantes de postgrados relacionados, investigadoras de estas materias, militantes sindicales, trabajadores y trabajadoras en general.

Objetivos:

La representación sindical de las personas trabajadoras está compuesta por un sistema dual, donde conviven las representaciones de delegados y delegadas elegidas en las elecciones sindicales con la acción de las secciones sindicales de las organizaciones de trabajadores y trabajadoras. Existen también ámbitos de representación temporales pero que tienen importancia desde la práctica sindical y decisoria en procesos de negociación colectiva cómo son las asambleas de trabajadores y trabajadoras o los comités de huelga.

Las secciones sindicales están empezando a ocupar un lugar preferente en los ámbitos de representación y negociación colectiva, sobre todo en los procesos de negociación colectiva de crisis y en el marco de la empresa compleja y los grupos de empresa, aunque también en el desarrollo de negociación colectiva y huelga de centro de trabajo, empresa o grupos de empresa en ámbitos dónde la representación unitaria tiene un encaje representativo más complicado.

Las secciones sindicales son la representación del sindicato en la empresa, y por tanto con especial protección constitucional respecto a los comités de empresa. Este trato preferente sin embargo no se ha visto desarrollado con la fuerza necesaria en nuestro sistema representativo. A su vez las secciones sindicales son genuinamente el sindicato en el centro de trabajo, es el espacio dónde se activa la afiliación y la militancia sindicales que permiten articular con todo su potencial la organización sindical, la negociación colectiva y la capacidad sindical de huelga. Es pues el anclaje del poder sindical en los centros de trabajo, con capacidad de articular mecanismos de afiliar, sindicalizar y extender la militancia en las empresas para la acción sindical.

El encuentro pretende explorar nuevas fórmulas de expansión de la actividad sindical de las secciones sindicales, asentada en el principio de auto-organización que los sindicatos poseen y que en un sistema empresarial obcecado en la externalización y la flexibilidad necesita de innovaciones y evolución de la representación sindical. Las secciones sindicales como elementos sindicalizados poseen la capacidad objetiva de implementar negociación colectiva y acción sindical de huelga en las empresas “complejas” como los grupos empresariales, la descentralización y externalización productiva y de servicios o en centros de trabajo con presencia de empresas multiservicios.

A su vez, la negociación colectiva permite la extensión de los derechos adicionales de las secciones sindicales, por lo que pueden desplegar mayores competencias que las recogidas en la Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS) en cuanto a número de personas delegadas sindicales, horas sindicales, lugares de trabajo sindical, otros derechos instrumentales cómo son los de información, consulta y participación sindical, etc.