Transformación de plazas permanentes vacantes por baja definitiva
Fecha de primera publicación: 05/03/2024
TRANSFORMACIÓN DE PLAZAS PERMANENTES VACANTES POR BAJA DEFINITIVA
Los Departamentos deberán solicitar la transformación de aquellas plazas de profesorado permanente (Cátedras de Universidad o de Escuela Universitaria, Profesorado Pleno, Profesorado Titular Universitario o de Escuela Universitaria, Profesorado Agregado o Profesorado Colaborador permanente) vacantes por baja definitiva (jubilación, incapacidad, fallecimiento, renuncia voluntaria, etc.) a la fecha, o que esté previsto que vayan a quedar vacantes antes del 31 de diciembre de 2024, de la persona titular que la ocupaba, con independencia de que dichas plazas hayan sido cubiertas o no mediante sustitución.
La falta de solicitud de transformación de plazas vacantes (aun estando cubierta mediante sustitución) podrá entenderse como ausencia de necesidad del recurso y traducirse en la amortización de la plaza.
La solicitud puede llevar asociado cambio de Centro, lugar de trabajo, área de conocimiento y/o cambio de perfil lingüístico de la nueva plaza.
El plazo general para realizar las solicitudes de transformación de las plazas será del 8 al 31 de enero de 2024 (ambos inclusive) y se realizará mediante la cumplimentación del Anexo 11, debiendo contar obligatoriamente con los informes favorables del Departamento y de la Junta de Centro a la fecha de entrega.
Se abrirá un plazo adicional del 29 de abril al 31 de mayo para bajas sobrevenidas.
Además, de forma extraordinaria, con el objetivo de facilitar la adecuación a la LOSU, se admitirán en cualquier momento, solicitudes de nuevas dotaciones con cargo a plazas cuya vacancia definitiva por jubilación se prevea para los cursos 2024/25, 2025/26 y 2026/27 [véase el tercer punto de esta circular].