Procedimiento para la Acreditación del Nivel C2 de Euskera de las Tesis Doctorales

Procedimiento para la Acreditación del Nivel C2 de Euskera de las Tesis Doctorales

El Decreto 47/2012, de 3 de abril, del Gobierno Vasco reconoce a quienes hayan redactado y defendido la tesis doctoral en euskera la exención de la necesidad de acreditar el título equivalente al nivel C2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. El propio Decreto determina en su artículo 6, que corresponderá a las universidades emitir la certificación para la aplicación de las exenciones establecidas en el artículo 2 del mismo.

De conformidad con la nueva Normativa de Gestión de las Enseñanzas de Doctorado, aprobada por el Consejo de Gobierno en su sesión de 12 de mayo de 2015, para poder optar a la exención al título equivalente al nivel C2 de euskera, el doctorando o la doctoranda deberá solicitarlo en el momento del depósito de la tesis doctoral, cumplimentando el impreso que puede recoger en la sección de doctorado.

Para que se reconozca el derecho al certificado de exención, las tesis doctorales deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. El 75% de la tesis doctoral deberá estar redactado en euskera, o el 50% en el caso de tesis doctorales internacionales. Se seguirá este procedimiento para el cálculo del porcentaje de la tesis doctoral redactado en euskera.
    Se entregará una copia de la tesis en formato digital.
  2. Como mínimo el 50% de la defensa deberá realizarse en euskera y será necesario un informe firmado por el secretario o la secretaria del tribunal en el que deberá constar esta circunstancia.
  3. Se precisará un informe favorable acreditativo del nivel C2 de euskera de la tesis doctoral, elaborado teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
    • 3.1. Una persona experta nombrada por el Vicerrectorado de Euskera y que estará presente en la defensa de la tesis doctoral será la que evalúe la calidad lingüística del doctorando o la doctoranda y firme el informe.
    • 3.2. La persona experta nombrada por el Vicerrectorado de Euskera no formará parte del tribunal calificador de la tesis y únicamente evaluará el nivel lingüístico del doctorando o la doctoranda.
    • 3.3. Para obtener el nivel C2 de euskera, el doctorando o la doctoranda deberá cumplir en la defensa oral estos criterios de evaluación para garantizar el nivel C2 de euskera en la defensa oral de la tesis.
    • 3.4. Según se establece en el artículo 54 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, el informe realizado por la persona experta deberá ser motivado.
    • 3.5. En el caso de los doctorandos o las doctorandas que acrediten el nivel C1 de euskera (1) no será necesario el informe de la persona experta para la acreditación del nivel C2 de euskera de la tesis doctoral, sino que bastará con que aquellos o aquellas cumplan los requisitos señalados en los puntos 1 y 2.

En los casos en los que no se conceda el "Certificado de exención de C2" solicitado, se notificará la resolución a la persona solicitante. Contra dicha resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Vicerrector de Euskera en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (a las personas solicitantes que estén en desacuerdo con la resolución, se les ofrecerá la opción de realizar una prueba oral en el Servicio de Euskera).

(1) Se deberá acreditar el nivel C1 de euskera en el momento de presentar la solicitud.
El Decreto 297/2010 establece la convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y su equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Todos estos títulos y certificados deberán acompañar la solicitud.

Las tésis que ya han sido defendidas, siempre con posterioridad al 16 de abril de 2008, pueden acogerse al Decreto 47/2012. Para ello tendrán que descargar la solicitud en la página web de Estudios de Posgrado y enviarla a la siguiente dirección de correo, indicando su situación: doctorado@ehu.eus.

Si al doctorando solicitante le corresponde el certificado de exención de acreditación del nivel C2 de euskera, la UPV/EHU comunicara este extremo al Registro Unificado de Títulos y Certificados de Euskera del Gobierno Vasco, y quedara registrado en ese registro la condición del doctor solicitante. Si el doctor solicitante quiere tener en mano ese certificado de exención, puede acceder al Registro Unificado de Títulos y Certificados de Euskera del Gobierno Vasco por medio de la txartela IZENPE o el DNI, y ver y/o imprimir el certificado.