Evaluación por compensación
Plazos de Solicitud
Los plazos de solicitud son los siguientes:
-
Del 1 al 5 de septiembre. Formulario
-
Del 1 al 5 de marzo.
Resolución.
Requisitos
Los requisitos para poder solicitar el aprobado por compensación son los siguientes:
- Tener realizada la matrícula de la asignatura para la que solicita la compensación en el curso académico en el que se realiza la solicitud.
- Tener superado el 90% de los créditos compensables de la titulación. En ningún caso se podrá solicitar compensación del trabajo fin de grado ni del practicum.
- Se podrán compensar asignaturas por un valor máximo de un 6% de los créditos totales de la titulación. Como excepción, se podrá solicitar el aprobado por compensación de una única asignatura que supere por sí sola el 6% de los ECTS de la titulación.
- Que la persona solicitante se haya presentado al menos a 3 convocatorias de la asignatura en la que solicita la compensación.
- Que haya obtenido al menos una calificación de 3 en alguna de las convocatorias.
El cumplimiento de estos requisitos no supondrá la concesión directa del aprobado por compensación ya que deberá ser acordado, por el Tribunal de Compensación correspondiente.
Los Tribunales de Compensación resolverán favorablemente todas aquellas peticiones en las que concurran las siguientes condiciones:
- Que se haya presentado al menos a 4 convocatorias de la asignatura.
- Que se haya obtenido al menos una calificación de 4 en alguna convocatoria.
- Que se trate de la última asignatura que le resta para terminar la titulación, a excepción del trabajo fin de grado.
En el resto de los casos en los que, cumpliendo los requisitos para solicitar la compensación, no se den las condiciones indicadas en el apartado anterior que conllevan necesariamente el aprobado por compensación, las solicitudes serán resueltas por el Tribunal de Compensación del centro. Es recomendable que la persona solicitante indique y justifique así mismo, aquellas circunstancias que entienda que pueden afectar directamente al rendimiento académico y que sean susceptibles de tenerse en cuenta a la hora de su resolución por parte del Tribunal.
Normativa
Recurso de Alzada
Tras conocer la Resolución del Tribunal de Compensación de la Escuela el alumnado podrá presentar recurso de alzada en el plazo de 1 mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, ante el Vicerrector o Vicerrectora titular del área de Grado e Innovación Educativa, por delegación del Rector o Rectora, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente”.