EVALUACIÓN POR COMPENSACIÓN
¿Quién puede pedirlo?
El aprobado por compensación se podrá solicitar siempre y cuando se cumpla con todos y cada uno de los siguientes requisitos:
- Estar matriculado o matriculada de la asignatura para la que solicita la compensación en el curso académico en el que se realiza la solicitud.
- Que haya superado el 90% de los créditos compensables de la titulación. En ningún caso se podrá solicitar compensación del trabajo fin de grado ni del Practicum.
- Se podrán compensar asignaturas por un valor máximo de un 6% de los créditos totales de la titulación. Como excepción, se podrá solicitar el aprobado por compensación de una única asignatura que supere por sí sola el 6% de los ECTS de la titulación.
- Que el estudiante o la estudiante se haya presentado al menos a 3 convocatorias de la asignatura en la que solicita la compensación.
- Que haya obtenido al menos una calificación de 3 en alguna de las convocatorias.
¿Cómo se decide?
Lo decide el Tribunal de Compensación de la Facultad.
Se resolverán favorablemente todas aquellas peticiones en las que concurran las siguientes condiciones:
- Que se haya presentado al menos a 4 convocatorias de la asignatura.
- Que se haya obtenido al menos una calificación de 4 en alguna convocatoria.
- Que se trate de la última asignatura que le resta para terminar la titulación, a excepción del trabajo fin de grado
Para el resto, el Tribunal de Compensación del centro resolverá la solicitud con base en:
- Los criterios aprobados por la Comisión Académica del centro y hechos públicos antes del período de matrícula del curso académico correspondiente.
- El informe razonado del departamento responsable.
- El expediente de la persona afectada en su conjunto.
- Las alegaciones del estudiante o de la estudiante, que podrá presentar y justificar la petición basándose en las circunstancias que considere oportunas y que pudieran fundamentar la concesión de la compensación.
Información completa: Normativa de Evaluación del Alumnado. Normativa reguladora de la Evaluación del Alumnado en las titulaciones oficiales de Grado, artículos 29, 30.