Breadcrumb

Albisteak

La responsabilidad judicial por una defectuosa asistencia no debería recaer exclusivamente en el profesional sanitario

First publication date: 03/04/2014

La investigadora de la UPV/EHU Isabel Trespaderne propone una nueva legislación que regularice las obligaciones de la organización hospitalaria.

El estudio Argumentos para un nuevo enfoque en el enjuiciamiento de la responsabilidad por defectuosa asistencia en la organización sanitaria, de la profesora e investigadora de la Escuela Universitaria de Enfermería de Donostia de la UPV/EHU Isabel Trespaderne, revela que los tribunales casi siempre sancionan el proceder del profesional sanitario en los casos de responsabilidad por defectuosa asistencia sanitaria. La autora considera, por contra, que la responsabilidad debería recaer en la organización sanitaria en su conjunto.

"En el origen de un acontecimiento adverso siempre hay fallos del sistema (falta de protocolos, fallos en la transmisión de comunicación, etc.), que al profesional sanitario le resultan extremadamente difíciles de prevenir o contrarrestar", explica Isabel Trespaderne, y de ahí concluye que es la organización sanitaria, en la que tienen lugar múltiples hechos, sucesivos e interdependientes, "la que tiene el deber de poner barreras de defensa y seguridad al objeto de garantizar una atención de calidad y segura".
Añade, asimismo, que es la organización como tal la que tiene que "adoptar e implantar" sistemas de gestión de calidad y de riesgos: "dotándose de una infraestructura de calidad; registrando las buenas prácticas y los acontecimientos adversos; procediendo a la evaluación externa y periódica de la calidad y seguridad, mediante evaluación independiente; y estableciendo protocolos y guías de práctica clínica e indicadores…".

I Premio de Derecho Sanitario

Argumentos para un nuevo enfoque en el enjuiciamiento de la responsabilidad por defectuosa asistencia en la organización sanitaria ha sido finalista del I Premio Nacional de Derecho Sanitario, convocado por la Asociación Española de Derecho Sanitario.

De la revisión de las múltiples sentencias judiciales analizadas por Trespaderne se extrae que el eje de la responsabilidad se centra en el profesional sanitario. "Se pone en primera línea de imputación al profesional y sitúa la responsabilidad en los niveles más bajos de la asistencia sanitaria, abordándose secundariamente los procesos organizacionales como la inexistencia de protocolos o guías de práctica clínica, la implantación de sistemas de gestión de la calidad o de riesgos, etc.", aclara Trespaderne.
Para mejorar el servicio sanitario, la autora plantea, entre otros: "el reconocimiento de la formación continua como obligación tanto del profesional sanitario como de la organización sanitaria; la revisión del contenido de la lex artis (conjunto de criterios valorativos, que el médico gracias a sus conocimientos, habilidades y destrezas, debe aplicar a los enfermos); y la necesidad de abandonar la relación médico-enfermera como prototipo de división vertical del trabajo y la propuesta de un nuevo tipo delictivo que regule la responsabilidad de la organización sanitaria".

Mª Isabel Trespaderne Beracierto es profesora titular de Universidad en la E.U. de Enfermería de San Sebastián de la UPV/EHU, doctora en Derecho y enfermera especializada en Salud Mental. Durante nueve años fue la directora de la E.U. de Enfermería de San Sebastián. Es, asimismo, secretaria académica del Instituto Vasco de Criminología y vocal de la Sociedad Vasca de Victimología.

Ha sido finalista del I Premio Nacional de Derecho Sanitario (2013), convocado por la Asociación Española de Derecho Sanitario, la Fundación A.M.A. y la Fundación de Lorenzo con el trabajo titulado: Argumentos para un nuevo enfoque en el enjuiciamiento de la responsabilidad por defectuosa asistencia en la organización sanitaria.