Resolución de la rectora de la UPV/EHU, de 12 de marzo de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas en la UPV/EHU como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus COVID (SARS-CoV-2)
Siguiendo las directrices del Departamento de Salud del Gobierno Vasco, y ante la decisión del departamento de Educación de suspender temporalmente la actividad educativa presencial de todos los Centros Educativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, la Rectora de la UPV/EHU, en ejercicio de las competencias que le atribuyen la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, los Estatutos de la UPV/EHU, aprobados por Decreto 17/2011, de 15 de febrero, y la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales, de conformidad con el protocolo de actuación de la UPV/EHU ante la activación de la alerta sanitaria por el COVID-19 (SARS-CoV-2), adopta la siguiente
RESOLUCIÓN
PRIMERO. – Suspender las actividades académicas de carácter presencial en el ámbito del campus de Álava/Araba, del campus de Bizkaia y del campus de Gipuzkoa de la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea.
SEGUNDO. – En el ámbito espacial indicado, la suspensión de las actividades académicas comportará el cierre de las siguientes instalaciones y servicios:
- aulas y laboratorios en los que se lleven a cabo actividades docentes, incluidas las prácticas de campo y las propias de los estudios de doctorado;
- salas de estudio y aulas de informática;
- becas de colaboración de la UPV/EHU y prácticas que se desarrollen en instalaciones de la UPV/EHU;
- cursos y actividades programadas en espacios de la UPV/EHU;
- actividades acordadas mediante convenio que se deban desarrollar en espacios de la UPV/EHU y permisos de ocupación temporal o de alquiler de espacios de la UPV/EHU, siempre de conformidad con las recomendaciones de las autoridades competentes.
Las prácticas que tengan lugar fuera de las instalaciones de la UPV/EHU se mantendrán en función de la entidad externa.
Se suspende el servicio de salas de estudio en las bibliotecas de la UPV/EHU y el servicio de préstamos excepto para el PDI y el PAS.
Pese al cierre general de salas de estudio y aulas de informática, se atenderán peticiones del PDI que necesite el uso de aquellas para la preparación de materiales de docencia en modalidad virtual, siempre que ello no comporte la presencia de alumnado.
TERCERO. – Mantener las obligaciones del PDI y del PAS de la UPV/EHU, sin perjuicio de las instrucciones de índole organizativo y de carácter temporal que adopten, respectivamente, la Vicerrectora de Personal Docente e Investigador y la Gerente, en el marco y con atención a los criterios y principios recogidos en el protocolo de actuación de la UPV/EHU ante la activación de la alerta sanitaria por el COVID-19 (SARS-CoV-2), y de las disposiciones que adopten las autoridades sanitarias competentes.
Dichas instrucciones se publicarán en el espacio web accesible en la dirección https://www.ehu.eus/es/covid-19 , y surtirán efectos desde el mismo día en el que se publiquen.
CUARTO. – Serán aplicables, igualmente, a la suspensión de la actividad académico-docente dispuesta mediante la presente resolución, las medidas previstas en los apartados quinto y sexto del protocolo de actuación de la UPV/EHU ante la activación de la alerta sanitaria por el COVID-19 (SARS-CoV-2), disponible en la dirección https://www.ehu.eus/es/covid-19 .
QUINTO. – Las medidas dispuestas en la presente resolución surtirán efectos desde el día 13 de marzo de 2020 y tendrán una vigencia de 15 días naturales (hasta el 27 de marzo, inclusive), sin perjuicio de las prórrogas que pudieran acordarse, con o sin adopción de aquellas otras medidas que fueran en su caso necesarias.
SEXTO. – Publicar la presente resolución en el espacio web accesible en la dirección https://www.ehu.eus/es/covid-19 y comunicarla:
- a las autoridades sanitarias competentes;
- al departamento de Educación del Gobierno Vasco;
- al servicio de Prevención propio de la UPV/EHU;
- a los y las decanos, decanas, directores y directoras de los centros de la UPV/EHU y a los y las jefes de servicio de la UPV/EHU;
- al Consejo de Estudiantes;
- a los y las representantes del personal docente e investigador y de administración y servicios;
- al Consejo Social;
- a los centros adscritos a la UPV/EHU que impartan docencia en instalaciones de la UPV/EHU;
- a las universidades con convenio de movilidad de estudiantes en la UPV/EHU;
- a los y las directores y directoras de las entidades del EHUtaldea que puedan resultar afectadas y
- a las agencias de evaluación.
Leioa, a 12 de marzo de 2020.
Nekane Balluerka Lasa
RECTORA DE LA UNIVERSIDAD DEL PAIS VASCO/EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA