EHU Ikasle
Póliza EHU Ikasle
Número de Póliza: 00000132321902
Tomadora: Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea
Aseguradora: Zurich Insurance plc
Colectivo Asegurado: Tendrá la condición de asegurado cualquier persona con matrícula en vigor en la UPV/EHU en cualquiera de los estudios impartidos en la Universidad (estudios de grado, másteres oficiales, títulos propios, cursos complementarios, etc.), así como el alumnado de los centros adscritos a la UPV/EHU (Elías Querejeta Zine Eskola, Escuela Universitaria de la Cámara de Comercio de Bilbao, Escuela Universitaria de Enfermería de Vitoria-Gasteiz, Escuela Universitaria de Ingeniería Dual del IMH y Goimailako Online Institutua).
Denominación de la póliza: SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DEL ALUMNADO EN CASO DE SINIESTRO
Requisitos Obligatorios para asistencia médica:
- Carnet universitario de la UPV/EHU
- Presentación del Parte de Asistencia completado y firmado
¿Qué debe hacer el estudiante en caso de accidente si precisa asistencia sanitaria?
- El estudiante deberá acudir a cualquiera de los Centros Concertados por la Compañía Aseguradora que se detallan a continuación:
CENTRO CONCERTADO |
PROVINCIA |
DIRECCIÓN |
---|---|---|
QUIRÓN BIZKAIA | BIZKAIA | Crta. de Leioa-Unbe 33 bis. 48950 Erandio |
IMQ VIRGEN BLANCA | BIZKAIA | Maestro Mendiri nº 2. 48006 Bilbao |
IMQ ZORROTZAURRE | BIZKAIA | Ballets Olaeta nº 4. 48014 Bilbao |
QUIRÓN DONOSTIA | GIPUZKOA | Parque Alcolea nº7. 20012 San Sebastián |
POLICLÍNICA GIPUZKOA | GIPUZKOA | Paseo Miramón nº 174. 20014 San Sebastián |
QUIRÓN VITORIA | ÁLAVA | La Esperanza nº 3. 01002 Vitoria |
- Una vez en el Centro Médico Concertado, el asegurado deberá identificarse mediante la aportación del carnet universitario de la UPV/EHU y DNI.
- En el supuesto de que la asistencia médica sea de urgencia vital y los Centros Concertados se encuentren alejados de donde ocurrió el accidente, la persona asegurada podrá recibir asistencia en el Centro Médico más próximo.
- En ambos casos para recibir asistencia médica será obligatorio presentar el carnet universitario de la UPV/EHU, y en su caso el Parte de Accidente, que deberá presentarse debidamente firmado y sellado por el Decano/a o Director/a del Centro al que pertenezca el/la estudiante, o en su caso, por la Vicegerente/a de Campus correspondiente.
En el supuesto de que el/la alumno/a no haya podido aportar el Parte de Accidente, deberá aportarlo en un plazo máximo de 72 horas.
Cómo obtener el Parte de Accidentes:
El Parte de Accidente (pdf, 180 KB)
En caso de URGENCIA, ¿cómo actuar en los Centros No Concertados?
La persona asegurada podrá recibir la asistencia médica de urgencia tras presentación del carnet universitario de la UPV/EHU en el Centro Médico más próximo. Pasadas 24 horas y una vez recibida dicha asistencia por urgencia vital, la persona asegurada deberá ser trasladada a alguno de los Centros Médicos Concertados para continuar su tratamiento. Es obligación de la persona asegurada notificar en un plazo de 24 horas su estancia en un Centro No Concertado y presentar el Parte de Asistencia debidamente firmado y sellado por el centro.
En caso de permanecer en un Centro Médico No Concertado por la Compañía sin la expresa autorización de la misma, la Compañía no asumirá el pago de las facturas derivadas de los servicios recibidos.
En el caso de requerir la realización de pruebas y obtención de otros servicios ¿Cómo proceder?
Para efectuar la práctica o acceder a los servicios que a continuación se detallan, será necesario tener la autorización previa de la Compañía Aseguradora:
- Pruebas de diagnóstico (TAC, RMN, ECO, Artroscopias, Gamma grafías, etc.).
- Intervenciones Quirúrgicas.
- Sesiones de rehabilitación.
- Traslados (ambulancias, taxis, etc.)
A los efectos de solicitar estas autorizaciones, se deberá contactar con:
Correo electrónico: siniestrosgcsmadrid@zurich.com
Teléfonos: 91 458 9070 - ext. 415 y 210 (08:00 a 13:30 y 15:00 a 17:00) Telf. 24 horas 93 267 10 55
¿Cómo proceder para tramitar cualquier otro siniestro diferente a la asistencia sanitaria?
Para tramitar cualquier otro siniestro cubierto en la póliza (fallecimiento o invalidez permanente derivada de accidente, pérdida de clases o de matrícula o infortunio familiar) deberán ser comunicados a la siguiente persona de contacto:
- Persona de contacto: Maitane Petreñas Arbizu
- Correo electrónico: maitane.petrenas.arbizu@aoncss.es
- Teléfono: 93 390 07 64
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN DE LOS CENTROS EN CASO DE SINIESTRO
1. Objetivo y ámbito
El objetivo de este Protocolo es facilitar una herramienta ágil y eficaz para la gestión de los siniestros amparados en el contrato de seguro número 99481517 cuya tomadora es la UPV/EHU y con ello ofrecer un servicio eficiente a la persona asegurada en la tramitación de los siniestros derivados de las garantías incluidas en la póliza.
Este Protocolo será exclusivamente de aplicación durante la vigencia temporal del contrato de seguro con él vinculado.
En cualquier caso, el contenido del mismo no podrá servir, en ningún caso, como referencia para interpretar las condiciones generales, especiales y particulares del contrato establecido.
2. Asistencia médica
2.1 Asistencia en Centros Concertados por la Zurich Insurance plc
La persona asegurada podrá recibir la asistencia médica de urgencia o programada en cualquiera de los Centros Concertados por la Zurich.
A este efecto, en el momento de su llegada al Centro Médico deberá aportar su identificación por:
- Carnet universitario de la UPV/EHU
- Parte de Accidente
La persona lesionada deberá aportar el Parte de Accidente cumplimentado antes de las 72 horas desde su asistencia. Se debe cumplimentar el máximo de detalle, prestando especial atención a la significación de la fecha y la forma de la ocurrencia, los datos de la persona lesionada y la descripción de las lesiones sufridas por el mismo. El mismo deberá ir firmado y sellado por el Decano o Director del Centro al que pertenezca el/la estudiante, o en su caso, por el Vicegerente/a del Campus correspondiente.
En los casos en los que la asistencia se preste por motivos imperativos de la misma, en un Centro No Concertado, deberá de procederse según se indica en el punto siguiente.
2.2 Asistencia en los Centros No concertados por la Compañía
La persona asegurada podrá recibir la asistencia médica de urgencia vital en el Centro Médico más próximo. En estos casos, Zurich Insurance plc, se hará cargo de las facturas derivadas de asistencia por la urgencia vital prestada en el transcurso de las primeras 24 horas desde la fecha de la ocurrencia del accidente. Una vez transcurrida dicha asistencia por urgencia vital, la persona asegurada deberá ser trasladada a un Centro Médico recomendado para continuar su tratamiento. Es obligación de la persona asegurada notificar en un plazo de 24 horas su estancia en un Centro No Concertado. En cualquier supuesto, la decisión de realizar o no el traslado corresponde al médico designado por la Compañía en cada caso, de acuerdo con el médico que trate a la persona asegurada.
En caso de permanecer en un Centro Médico No Concertado por Zurich sin la expresa autorización de la misma, Zurich no asumirá el pago de las facturas derivadas de los servicios recibidos, salvo en el caso de que se produzca la imposibilidad del traslado por una causa debidamente justificada y documentada.
2.3 Autorizaciones específicas para la realización de pruebas y obtención de servicios
Para acceder a los servicios que a continuación se detallan, será necesario tener la autorización previa de Zurich, salvo en el caso de que se produzca una situación que lo imposibilite, y esté debidamente justificada y documentada.
A los efectos de solicitar estas autorizaciones, se deberá contactar con: -Dirección de correo electrónico: siniestrosgcsmadrid@zurich.com -Teléfonos de contacto: 91 458 9070 - ext. 415 y 210 (08:00 a 13:30 y 15:00 a 17:00) Telf. 24 horas 93.267.10.55 |
3. Comunicación y tramitación del resto de siniestros
Para tramitar cualquier otro siniestro cubierto en la póliza (fallecimiento o invalidez permanente derivada de accidente, pérdida de clases y/o de matrícula o infortunio familiar) deberán ser comunicados a la siguiente persona de contacto:
- Persona de contacto: Maitane Petreñas Aribizu
- Correo electrónico: maitane.petrenas.arbizu@aoncss.es
- Teléfono: 93 390 07 64
La Compañía (a través de la correduría AON) procederá a solicitar en cada caso y por escrito la documentación que le sea precisa para efectuar el trámite de los siniestros en virtud de la tipología del mismo.
4. Documentación precisa en caso de siniestro
Como norma habitual y atendiendo en cada caso a las garantías del contrato vinculado, la documentación precisa para tramitar los siniestros se identificará con lo dispuesto en el presente punto, sin perjuicio de que según sea el caso concreto, sea precisa la aportación de algún otro documento especifico que se estime necesario para el correcto trámite del siniestro.
Asistencia médica:
- Parte de Accidente (firmado y sellado por parte de la UPV/EHU).
- Informe Médico (a facilitar por el centro asistencial).
Para los siniestros de la simple asistencia sanitaria, se entiende que la cumplimentación de la declaración del siniestro por parte de la Tomadora y la información médica facilitada por el Centro Asistencial, será justificación suficiente para su correcto trámite.
Fallecimiento por accidente:
- Parte de Accidente.
- Certificado médico que haya asistido al fallecido/a, en el que se indique la causa o, en su caso, copia de las Diligencias Judiciales completas e informe de la autopsia.
- Certificado de defunción.
- Copia del N.I.F. del fallecido/a y de sus beneficiarios/as.
- Copia del Registro de últimas voluntades.
- Copia del Testamento o en su defecto, Declaración de herederos.
En los casos de fallecimiento, la Compañía recomienda no efectuar la oportuna liquidación del impuesto o la declaración de herederos hasta no tener el OK de la Compañía en aras de no incurrir involuntariamente en errores de gestión.
Invalidez permanente derivada de un accidente:
- Parte de Accidente.
- Copia del Informe de Valoraciones Médicas - Dictamen Propuesta.
- Resolución del INSS, en su caso.
5. Interlocutores
A los efectos de poder gestionar con fluidez cualquier cuestión que se presente en el presente Protocolo, se pone a disposición de los/as asegurado/as los siguientes teléfonos:
Asistencia Médica (ZURICH):
- 91 458 9070 - ext. 415 y 210 (08:00 a 13:30 y 15:00 a 17:00) Telf. 24 horas: 93.267.10.55
Resto siniestros (AON):
- Horario de oficina (de 8:00 a 19:00 horas): 94 425 15 00
6. Seguimiento médico por la compañía
En aquellos casos en que la Compañía lo estime necesario, se procederá a efectuar un Control Médico por un facultativo nombrado al efecto, de las lesiones que presente la persona asegurada. En estos casos, el propio facultativo podrá autorizar directamente los servicios indicados en el apartado 2.3.
7. Cancelación del protocolo
Zurich se reserva el derecho de cancelar el presente Protocolo en caso de incumplimiento por la Tomadora o la persona asegurada del mismo o del contrato de seguro del que trae causa.